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Pág. 182840 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de enero de 2000 do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPOR- TES EXPRESO LA PERLA DEL SUR S.R.LTDA., la concesión de ruta, para prestar Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolu- ción, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA A :LIMA - HUACAÑA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :HUACAÑA ITINERARIO :ICA - NASCA - PUQUIO - ANDAMAR- CA - CABANA - AUCARA - HUAY- CAHUACHO. FRECUENCIA :Una Semanal ESCALA COMERCIAL :ICA - PUQUIO FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un ómnibus : UC-2267 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus : UM-1207 (1987) HORARIOS :Salida de Lima: Lunes a las 07.00 horas. Salida de Huacaña: Martes a las 06.00 horas. RUTA B :HUANCAYO - PUCALLPA y viceversa ORIGEN :HUANCAYO DESTINO :PUCALLPA ITINERARIO :JAUJA - LA OROYA - CERRO DE PASCO - HUANUCO - TINGO MARIA FRECUENCIA :Una Semanal ESCALA COMERCIAL :CERRO DE PASCO - HUANUCO - TINGO MARIA FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un ómnibus : UC-2266 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus : UH-2262 (1983) HORARIOS :Salida de Huancayo: Viernes a las 14.00 horas. Salida de Pucallpa: Domingos a las 06.00 horas. RUTA C :LIMA - SIHUAS y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :SIHUAS ITINERARIO :HUAURA - BARRANCA - PATIVILCA - HUARAZ - CARAZ - YURACMARCA. FRECUENCIA :Una Semanal ESCALA COMERCIAL :HUAURA - BARRANCA - HUARAZ - CARAZ FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un ómnibus : UQ-2252 (1984) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus : UI-4406 (1982) HORARIOS :Salida de Lima: Jueves a las 06.00 horas. Salida de Sihuas: Viernes a las 07.00 horas. La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 0660RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3041-99-MTC/15.18 Lima, 6 de diciembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 05413010, or- ganizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES SOL PERUANO S.A., sobre concesión de ruta: LIMA - TARA- POTO y viceversa e Informe Nº 963-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - TARAPOTO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 963-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisi- tos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento y lo señalado en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 99-MTC; recomendándose la procedencia del pedido for- mulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPOR- TES SOL PERUANO S.A., la concesión de ruta: LIMA - TARAPOTO y viceversa, para prestar Servicio Públi- co de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - TARAPOTO y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :TARAPOTO ITINERARIO :TRUJILLO - CHICLAYO - PIURA - OLMOS- JAEN - BAGUA CHICA - BAGUA GRANDE - PEDRO RUIZ - POMACOCHA - NUEVO CAJAMAR- CA - RIOJA - MOYOBAMBA. ESCALA COMERCIAL :PIURA FRECUENCIA :Dos semanales FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: UC-2248 (1991) y UC-2275 (1991) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UI-7164 (1987). HORARIOS :Salidas de Lima: Miércoles y sábados a las 6.30 p.m. Salidas de Tarapoto: Miércoles y sábados a las 6.30 p.m. La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento.