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Pág. 182847 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de enero de 2000 Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judi- cial contra el doctor Máximo Nicolás Castro Ningles, Juez del Tercer Juzgado Penal para Procesos Ordina- rios con Reos en Cárcel del Distrito Judicial de Lima, imputándole haberle solicitado a su esposo, don Juan Delgado Dávila, la suma de mil dólares americanos para favorecerlo en el proceso penal por delito de estafa que se seguía en su contra en el juzgado del quejado; posteriormente, el 12 de julio de 1999, la señora Aravena amplía su queja, indicando que el citado magistrado le había requerido la cantidad de dos mil dólares para ayudar a su esposo; Segundo.- Que, en mérito a la queja interpuesta, el día 12 de julio de 1999 la Oficina de Control de la Magistratura realizó un operativo, en el que intervino al juez denunciado en la Agencia TEPSA, encon- trándose en su poder dos mil dólares americanos, cuyas series coincidieron con la Relación de Dólares obrante a fojas 07 y 08, así como con las fotocopias de fojas 09 a 20 de autos; Con el informe de la Comisión de Procesos Disciplina- rios, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 2º inciso 2.2 de la Ley Nº 26973 y los Artículos 27º, 28º, 33º, 38º y 39º del Reglamento de Procesos Disciplinarios, y estando al acuerdo del Pleno de fecha siete de enero del 2000; RESUELVE: Primero.- Declarar cumplidos los requisitos formales previstos en el Artículo 25º del Reglamento de Procesos Disciplinarios. Segundo.- Declarar suficiente el contenido del expe- diente remitido por el Presidente de la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial y, en consecuencia, innecesario abrir investigación preliminar. Tercero.- Declarar abierto el proceso disciplinario contra el doctor Máximo Nicolás Castro Ningles, por su actuación como Juez del Tercer Juzgado Penal de Lima para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel del Distrito Judicial de Lima; por las imputaciones a que se contraen las partes considerativas de la resolución del 9 de noviem- bre de 1999 del Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, de la resolución del 30 de noviembre de 1999 de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y de la presente resolución, declarando incorporados al presente proceso los medios probatorios presentados y actuados en el expediente remitido, los que serán evaluados en su oportunidad, por el plazo máximo de 60 días. Cuarto.- Otorgar al procesado diez días hábiles, con- tados a partir de la notificación de la presente resolución, para que presente por escrito su descargo y medios proba- torios documentales, permitiéndosele la revisión del ex- pediente en la Secretaría del Consejo en horas de oficina. Regístrese y comuníquese. CARLOS HERMOZA MOYA Presidente 0697 J N E Convocan a candidatos no proclama- dos para que asuman cargos de regi- dores de concejos Distrital de Conila y Provincial de Huamanga RESOLUCION Nº 086-2000-JNE Lima, 18 de enero de 2000 VISTO: El Oficio Nº 107-99-MDCC recibido el 6 de diciembre de 1999, de don Pedro Cachay Huamán, alcalde del concejo distrital de Conila, provincia de Luya, departa- mento de Amazonas, quien comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidora de doña Elith Alvarado Vergaray, bajo acusación de haber inconcurrido a sesio- nes de concejo;CONSIDERANDO: Que, en sesión ordinaria de fecha 25 de setiembre de 1999, el concejo distrital de Conila, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de miem- bros, acordó declarar la vacancia del cargo de regidora de doña Elith Alvarado Vergaray, por inconcurrir a tres sesiones ordinarias consecutivas, incurriendo en la causal de vacancia prevista en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, según se advierte a fojas 10; expidiéndose la Resolución de Concejo Nº 13-99-MDCC que aprueba y ratifica la declaratoria de vacancia referida, obrante a fojas 3; Que, los cargos de recepción de las notificaciones que corren de fojas 6 a 9, acreditan que la regidora Elith Alvarado Vergaray fue citada debidamente a las sesiones de fechas 9, 12 y 17 de agosto de 1999; Que, el cargo de recepción del Oficio Nº 106-99-MDCC de fecha 26 de octubre de 1999, dirigido a la regidora vacada, de fojas 2, acredita que ésta tomó conocimiento del acuerdo que declara la vacancia de su cargo; en consecuencia, transcurrido en exceso el término para interponer el recurso de revisión que faculta la ley, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que, se encuentra acreditada la causal de inconcu- rrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Nº 23853, por la que se declaró la vacancia del cargo de regidora de Elith Alvarado Vergaray; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, concordante con el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Nº 23853, debe incorporarse al candidato inme- diato que no hubiera sido proclamado y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante; y, revisada la lista de candidatos, corresponde convocar a la ciudadana Adelayda Tuesta Poquioma, integrante del Movimiento Independiente Vamos Vecino para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de Conila, para completar el período 1999-2002; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Adelayda Tues- ta Poquioma, candidata no proclamada de la agrupación independiente Movimiento Independiente Vamos Veci- no, para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de Conila, provincia de Luya, departamento de Amazonas, para el período 1999 - 2002, otorgándose la respectiva credencial a la regidora convocada. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que requiera el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE HERNANDEZ CANELO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 0702 RESOLUCION Nº 088-2000-JNE Lima, 18 de enero de 2000 VISTOS: El Oficio Nº 867-99-MPH/A recibido el 25 de noviem- bre de 1999, de don Fernando Moya Medina, alcalde del concejo provincial de Huamanga, del departamento de Ayacucho, quien comunica el deceso del regidor José Castañeda Bazán; solicitando la designación del regidor que por ley corresponde; El Oficio Nº 02-99 recibido el 30 de diciembre de 1999, de don Gualberto Huillcahuari Canchari, con el que remi- te copia certificada de su documento de identidad, en atención al Oficio Nº 2416-99-SG/JNE de la Secretaría General de este colegiado;