Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2000 (05/02/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2000 ANO XVIII - Nº 7166 Pag. 183459

NORMAS LEGALES
PCM
RESOLUCION SUPREMA Nº 066-2000-PCM

Aceptan donaciones de vehiculos efectuadas por personas naturales y juridicas
MORDAZA, 3 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, Itoen Ltd. de Japon y los senores Hisao Kashiwaya de "Kutchan Mirai 21 Yukidaruma No Kai" y MORDAZA MORDAZA han efectuado donaciones a favor del Gobierno del Peru - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros consistentes en vehiculos usados; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito, a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, las donaciones efectuadas por Itoen Ltd. de Japon, a favor del Gobierno del Peru - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en 82 vehiculos usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo I que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 3 360 000,00 (Tres Millones Trescientos Sesenta Mil y 00/100 Yenes), segun Cartas de Donacion de fechas 8 y 12 de febrero y 15 de marzo de 1999, respectivamente, y un peso aproximado de 84 790 kgs., segun Conocimientos de Embarques Nºs. YHZX-13, YHZX-14, YHZX-15, YHZX-16, YHZX-17, YHZC-2, YHZC-3, YHZC-4, YHZC-5, YHZC6, YHZC-7, YHZC-8, YHZC-9 y KWZC-3 de HUAL AS. Articulo 2º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, las donaciones efectuadas por los senores MORDAZA MORDAZA e Hisao Kashiwaya de "Kutchan Mirai 21 Yukidaruma No Kai", a favor del Gobierno del Peru Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistentes en 3 vehiculos usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo II que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 230 000,00 (Doscientos Treinta Mil y 00/100 Yenes),

segun Cartas de Donacion de fechas 24 de febrero y 10 de marzo de 1999, respectivamente, y un peso aproximado de 7 630 kgs., segun Conocimientos de Embarque Nºs. KWZC-1 y KWZC-4 de HUAL AS. Articulo 3º.- Comprendase a las donaciones citadas en los articulos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 1473

AGRICULTURA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion, por parte del INRENA, de MORDAZA de caoba y cedro en trozas o aserrada, en el departamento de MORDAZA de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 049-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850 se aprobo la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 19º de la referida Ley contempla los supuestos de exoneracion de Licitacion Publica y Concurso Publico, estableciendo en el inciso c) que estan exoneradas las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia; Que, asimismo mediante Decreto Supremo Nº 03998-PCM se aprobo el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el inciso c) del Articulo 44º del citado Reglamento establece que el procedimiento de adjudicacion directa de menor cuantia es de aplicacion en los supues-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.