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Pág. 183476 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de febrero de 2000 Precisan que diversos procedimien- tos administrativos correspondientes a la Gerencia Central de Recaudación, han quedado sin efecto RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 081-GG-ESSALUD-2000 Lima, 28 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 034-80-VC, Reglamen- to Unico de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas así como toda norma de carácter complementario vin- culada a la materia regulada en dicho Decreto Supre- mo, tales como las referidas a la constitución y devolu- ción del fondo de garantía, la presentación de declara- ciones juradas de estar al día en el pago de aportacio- nes al momento en que los postores se presenten a licitaciones o concursos públicos, entre otros; fueron derogados por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado; Que, el segundo párrafo del Artículo 36º y la tercera disposición transitoria del Reglamento de la Ley Nº 26850 establecen que los organismos a que hace refe- rencia el Artículo 9º, numeral II de la referida Ley, entre éstos el Instituto Peruano de Seguridad Social, hoy ESSALUD; serán responsables de establecer el procedimiento de verificación aleatoria para llevar a cabo la comprobación de las declaraciones juradas presentadas por los postores beneficiarios de la buena pro ante las entidades del Sector Público en los proce- sos de contrataciones y adquisiciones, mediante las cuales manifiesten que no tienen adeudos pendientes con dichos organismos; Que, el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos del IPSS, hoy ESSALUD, aprobado por Resolu- ción de Gerencia General Nº 1367-GG-ESSALUD-96, contiene procedimientos de la Gerencia Central de Re- caudación que se fundamentan en las normas legales señaladas en el primer considerando de la presente resolución, las que no están vigentes; Que, en efecto, como consecuencia de la derogación antes aludida, se han visto afectadas las materias regu- ladas en los procedimientos administrativos Nº 48 - Constancia de No Adeudo para Fondo de Garantía de Obras de Construcción Civil, Nº 49 - Constancia de No Adeudo para Licitaciones y Nº 50 - Constancia de Pago Regular para Licitaciones; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 946-GG-ESSALUD-99 se aprobó la Directiva de Ge- rencia General Nº 008-GG-ESSALUD-99, que esta- blece las normas que regulan el Procedimiento de Verificación Aleatoria de las Declaraciones Juradas de Postores que se beneficiaron con la Buena Pro al que alude el segundo párrafo del Artículo 36º y la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 26850; Que, es necesario precisar que los procedimientos administrativos antes señalados, han quedado sin efecto; De conformidad con las facultades conferidas por el inciso b) del Artículo 9º de la Ley Nº 27056; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Precísase que los siguientes procedimientos correspondientes a la Gerencia Cen- tral de Recaudación establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, han quedado sin efecto:- Procedimiento Nº 48 - Constancia de No Adeudo para Fondo de Garantía de Obras de Construcción Civil. - Procedimiento Nº 49 - Constancia de No Adeudo para Licitaciones. - Procedimiento Nº 50 - Constancia de Pago Regular para Licitaciones. Artículo Segundo.- Facúltase a la Gerencia Cen- tral de Recaudación y Seguros a dictar las normas complementarias que permitan el adecuado cumpli- miento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. SILVIA ARMIJO HIDALGO Gerente General 1457 INABEC Aprueban Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 101-99-JI/INABEC San Borja, 29 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 establece en su Artículo 7º que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que será aprobado por la más alta autori- dad administrativa del organismo; en este caso la Jefatura Institucional del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC y Titular del Pliego Presupuestal; Que, la Oficina de Administración en coordinación con el Area de Abastecimientos ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el 2000, en el cual consolida la información relativa a la adqui- sición y contratación de bienes y servicios que realizará el INABEC durante el año fiscal 2000, el mismo que resulta necesario aprobar; Que, la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuesta- ria del Estado, norma y regula el proceso presupuesta- rio, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y financiera; De conformidad con la Ley Nº 26850, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, sus dispo- siciones complementarias y en uso de las facultades esta- blecidas en la Ley Nº 21547 - Ley Orgánica del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC para el año fiscal 2000, detallado en el Anexo 01. Artículo 2º.- Disponer que el Plan aprobado a que se refiere el artículo precedente se ponga a disposición del público, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del Art. 3º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE PINILLOS ARIAS Jefe 1466