Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2000 (06/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de febrero de 2000

MORDAZA, Balta, Bufeo, MORDAZA, Culina, Chicosa, Encuentro, Unine (Privado), Yarinacocha, Zorrillos (Privado). DEPARTAMENTOS: MORDAZA, AMAZONAS Y MORDAZA -Jaen/Shumba, MORDAZA MORDAZA, Chiclayo/Cap. FAP. MORDAZA MORDAZA Quinones, MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, Galilea, Huambo, Morerilla (Privado), MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA el Valor. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA - Kiteni (Privado). BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Yurimaguas SUBBASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto de Iquitos. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 4º.- AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 6º.- La compania AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente Resolucion, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 8º.- Las aeronaves de AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador de Servicios Aereos y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 10º.- Si la Administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Transporte Ae-

reo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho, el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la referida Ley, en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a AERO MORDAZA S.A.C. - ALAS, queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; Ley Nº 26917; las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 1464

SBS
Autorizan fusion por absorcion del Banco Santander - Peru con Bancosur y aprueban modificacion de denominacion a "Banco Santander Central Hispano - Peru"
RESOLUCION SBS Nº 1031-99 MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada en fecha 4 de noviembre de 1999 por el representante legal de la empresa Banco Santander - Peru, para que se le autorice la fusion por absorcion de dicha empresa con Bancosur, actuando Banco Santander - Peru como empresa absorbente y Bancosur como empresa absorbida. CONSIDERANDO: Que, la Resolucion SBS Nº 593-99, de fecha 30 de junio de 1999 autorizo a Banco Santander - Peru adquirir hasta el 100% de las acciones representativas del capital social de Bancosur, para que incorpore por fusion a dicha entidad; Que, en Juntas Generales de Accionistas celebradas separadamente, en fecha 4 de octubre de 1999, por Banco Santander - Peru y por Bancosur, las mencionadas empresas acordaron la fusion mediante la modalidad de absorcion de Bancosur por parte de Banco Santander, originandose la extincion de la personalidad juridica de la primera por efecto de la fusion; Que, el proyecto de fusion aprobado en las referidas Juntas Generales de Accionistas contempla como fecha de entrada en vigencia de la fusion el 30 de noviembre de

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