Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2000 (06/02/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 183514

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

MORDAZA, MORDAZA 6 de febrero de 2000

Visto, la Mocion presentada por la Comision de Rentas; CONSIDERANDO: Que, es necesario regular el ejercicio del transporte y comercializacion en el distrito, y siendo necesario adoptar medidas correctivas a traves de la emision de los dispositivos municipales de observancia obligatoria, a fin de brindar seguridad, proteccion y tranquilidad al vecindario, declarando como zonas rigidas determinadas zonas del distrito; Que, de conformidad con el Articulo 65º, inciso 13 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es funcion de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, el procurar, conservar y administrar en su caso, los bienes de dominio publico como caminos, MORDAZA, plazas, avenidas, jardines, edificios y otros analogos; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal se ha expedido la siguiente ordenanza: ORDENANZA Articulo 1º.- Declarar como zonas rigidas para el transporte de vehiculos motorizados las siguientes vias: RELACION DE ZONAS RIGIDAS DEL DISTRITO DE ANCON PARA PARQUEO 1. Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui - cuadra 1 hasta el cruce con el pasaje Ucayali 2. MORDAZA Ancon, cuadras 1 y 2 3. MORDAZA MORDAZA, cuadras 1 y 2 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roncal, hasta la union con la Av. MORDAZA C. MORDAZA 5. Av. MORDAZA C. MORDAZA hasta la union con la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roncal 6. MORDAZA Pachitea 7. MORDAZA Dos de MORDAZA 8. MORDAZA Abtao 9. MORDAZA MORDAZA 10. MORDAZA Amazonas 11. Pasaje Curdel 12. MORDAZA MORDAZA 13. Av. La MORDAZA 14. Todas las calles del lado oeste de la Av. La MORDAZA 15. Av. Las Colinas 16. Malecon MORDAZA MORDAZA 17. Todas las MORDAZA de la urbanizacion Las Colinas 18. Todas las calles que no tengan acceso vehicular. RELACION DE ZONAS RIGIDAS DEL DISTRITO DE ANCON PARA COMERCIALIZACION
1. Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui 2. Av. MORDAZA C. MORDAZA 3. Av. La MORDAZA 4. Carretera Panamericana Norte Km. 44 5. 6. 7. 8. 9. MORDAZA Dos de MORDAZA MORDAZA Abtao MORDAZA MORDAZA Jr. MORDAZA MORDAZA Roncal Autopista a Las Colinas Cercado (Malecon Ferreyros) Urb. San MORDAZA, cuadra 6 hasta la 14. Miramar, ovalo San MORDAZA Ovalo Miramar, Urb. Miramar (lado derecho, ingresando) cuadra 1 a cuadra 12. Ovalo San MORDAZA, carretera Panamericana Km. 44.050 MORDAZA Dos de MORDAZA (cercado) MORDAZA Abtao (cercado) Cercado Desde la Urb. La Pera al Club de Tiro Edelnor - Malecon Las Colinas

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1436

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 039-99-MDSMP Por Oficio Nº 093-2000-SG/MDSMP, la Municipalidad de San MORDAZA de Porres solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 039-99-MDSMP, publicada en nuestra edicion del dia 25.ENE.2000, en la pagina 183020. En el Articulo 3º: DICE: "Articulo 3º. Establecer como horario de recoleccion de los residuos solidos en la MORDAZA mencionada en el Articulo 2º, de la siguiente manera:" DEBE DECIR: "Articulo 3º. Establecer como horario de recoleccion de los residuos solidos en la MORDAZA mencionada en el Articulo 2º, de la siguiente manera: Por la manana : De 11:00 a.m. a 1.00 p.m. Por la noche : De 8.00 p.m. a 10:00 p.m. En el Articulo 8º, numeral 2: DICE: "En caso de reincidencia se MORDAZA merecedor de un desalojo inmediato y definitivo de la MORDAZA, permaneciendo libre el area desocupada." DEBE DECIR: "En caso de reincidencia se MORDAZA merecedor a un desalojo inmediato y definitivo, permaneciendo libre el area desocupada. 3) El infractor incurso en los incisos c), d) o e), se les impondra una multa equivalente a 20% de la UIT. En caso de reincidencia la multa se duplicara. Si persistiera la infraccion, y se tratara de un establecimiento comercial, se MORDAZA merecedor a una clausura temporal por 30 dias con una multa de 1.00 UIT. Para el caso de vendedor ambulante en MORDAZA de formalizacion, se MORDAZA merecedor a un desalojo inmediato y definitivo de la MORDAZA, permaneciendo libre el area desocupada. 4) Los infractores incursos en el inciso f), se les impondra una multa equivalente a: - MORDAZA habitacion; 25% de la UIT. - Local comercial; 50% de la UIT. En caso de reincidencia se MORDAZA merecedor a una clausura total con una multa de 1.00 UIT. - Vendedor Ambulante en MORDAZA de formalizacion, 50% de la UIT. En caso de reincidencia se MORDAZA merecedor a un desalojo inmediato y definitivo de la MORDAZA, permaneciendo libre el area desocupada." 1468

Articulo 2º.- Encargar a las Unidades de Rentas, Asesoria Legal, Policia Municipal y Servicios Tecnicos, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.