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Pág. 183511 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de febrero de 2000 1999, fecha en la cual cesarán las operaciones y, los derechos y obligaciones de la empresa Bancosur que se extingue por efecto de la fusión, los que son asumidos en su totalidad por la sociedad absorbente Banco Santander - Perú; Que, el proyecto de fusión aprobado en la referida Junta General de Accionistas celebrada por Banco San- tander - Perú, ha contemplado un aumento de capital adicional por la suma de S/. 359 922,00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTI- DOS Y 00/100 DE NUEVOS SOLES) debido al proceso de fusión, con cuyo importe el capital de S/. 425 931 326,00 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES NOVE- CIENTOS TREINTIUN MIL TRESCIENTOS VEIN- TISEIS 00/100 DE NUEVOS SOLES) será incrementado a S/. 426 291 248,00 (CUATROCIENTOS VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOS- CIENTOS CUARENTIOCHO 00/100 DE NUEVOS SO- LES); Que, como consecuencia de dicho aumento de capital social, se ha contemplado en la minuta de fusión la modificación del Artículo Quinto del Estatuto Social de Banco Santander - Perú; Que, las referidas empresas han cumplido con presen- tar la documentación sustentatoria a que se contrae el Artículo 8º de la Resolución SBS Nº 757-91, documenta- ción que esta Superintendencia encuentra conforme; Estando a lo informado por el Intendente de Insti- tuciones Financieras "D", mediante Informes Nº ASIF- "D"-146-OT-99 y Nº ASIF-"D"-208-OT-99, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Asesoría Jurídica y de Banca; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 12º, 14º y 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102; y conforme a lo previsto en la Resolu- ción SBS Nº 757-91; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la fusión mediante la modali- dad de fusión por absorción de la empresa Banco Santan- der - Perú con la empresa Bancosur, extinguiéndose esta última sin liquidarse, asumiendo la primera, como empre- sa absorbente, a título universal, el bloque del patrimonio y los demás derechos y obligaciones de la empresa absor- bida Bancosur. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Certificado de autori- zación y funcionamiento extendido en su oportunidad a favor de la empresa Bancosur, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la fusión, a que se hace referencia en la parte considerativa de esta Resolución. Artículo 3º.- Autorizar a Banco Santander - Perú el aumento de su capital social por la suma de S/. 359 922,00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 DE NUEVOS SOLES) como consecuencia del proceso de fusión, con lo cual el capital social de esta empresa queda fijado en S/. 426 291 248,00 (CUATROCIENTOS VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTIOCHO 00/100 DE NUE- VOS SOLES). Artículo 4º.- Autorizar a Banco Santander - Perú la modificación del Artículo Quinto de su Estatuto Social en los términos propuestos, cuyos documentos quedan archi- vados en este organismo y devuélvase la minuta que lo formaliza debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pú- blica debiéndose insertar en el contenido de la misma, el texto de esta resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 1425RESOLUCION SBS Nº 043-2000 Lima, 19 de enero del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa Banco Santan- der - Perú, para que se le autorice la modificación de los Artículos 1º y 33º de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Junta General de Accionistas celebra- da el día 28 de diciembre de 1999, se acordó la modificación de los Artículos 1º y 33º del Estatuto Social del Banco Santander - Perú, cambiando la denominación social de la empresa a "Banco Santander Central Hispano - Perú" y permitiendo la realización de sesiones de directorio no presenciales, respectivamente; Que la minuta de modificación estatutaria ha sido formulada de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por la Intendencia de Insti- tuciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF-"D"- 008-OT-2000, por la Superintendencia Adjunta de Aseso- ría Jurídica mediante Informe Nº 045-2000-LEG y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General, y en virtud de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 035-2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar, en los términos propues- tos, la modificación de los Artículos 1º y 33º del Estatuto Social del Banco Santander - Perú , cambiando la deno- minación social de la empresa a " Banco Santander Central Hispano - Perú " y permitiendo la realización de sesiones de directorio no presenciales, respectiva- mente; cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo y devuélvase la minuta que lo forma- liza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su inscripción en el Registro Público. Regístrese y comuníquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (a.i.) 1426 OFICINAS REGISTRALES REGIONALES Sancionan con destitución a ex traba- jador de la Oficina Registral Regional La Libertad OFICINA REGISTRAL REGIONAL REGION LA LIBERTAD ORRLL RESOLUCION JEFATURAL Nº 013-2000-ORRLL/JEF Trujillo, 25 de enero de 2000