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Pág. 183516 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de febrero de 2000 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 1494 RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2000-EF Lima, 1 de febrero del 2000 Visto el Expediente Nº 032390-99 presentado por la Univer- sidad Nacional Mayor de San Marcos, sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Su- premo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios a las instituciones educa- tivas públicas o particulares, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importa- ción realizada por la Universidad Nacional Mayor de San Mar- cos de los bienes donados que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, y la adecuación arancelaria señalada en la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 3316 del 26 de diciembre de 1997 y en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS- INTA del 19 de enero de 1998, según las partidas arancelarias siguientes: Partida Descripción Arancelaria 8414.10.00.00 Bombas de vacío 8479.82.00.00 Máquinas y aparatos para mezclar, malaxar, quebrantar, triturar, moler, agitar8504.40.90.00 Los demás 8516.79.00.00 Los demás aparatos electrotérmicos 9016.00.19.00 Las demás balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg, incluso con pesas 9027.80.19.00 Los demás instrumentos y aparatos eléc- tricos o electrónicos Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artículo anterior procederá siempre que la importación de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demás características declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislati- vo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, según Expediente Nº 032390-99 y que dichos bienes sean destinados al cumplimiento de los fines propios de la referi- da institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificación de la clasificación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Super- intendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 1495 MITINCI Designan Director Regional de Indus- tria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales del CTAR Amazonas RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2000-ITINCI Lima, 4 de febrero del 2000 Visto el Oficio Nº 1166-99-CTAR-AMAZONAS/PE, del Conse- jo Transitorio de Administración Regional de Amazonas, propo- niendo candidatos para la designación en el cargo de confianza de COLOCAR CURSO AELE