Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2000 (07/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de febrero de 2000

de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, senala como funcion de la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia, proponer, ejecutar y fiscalizar la politica a seguir en materia de adopciones de menores de edad, asi como desarrollar el programa de adopcion, constituyendose en la autoridad central de caracter normativo y de control, contando para el efecto con un Consejo de Adopciones; Que en Sesion de Consejo Nº 07-99-OA de fecha 7 de MORDAZA de 1999, el Consejo de Adopciones de la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, aprobo la conformacion de los Consejos de Adopciones de las Oficinas de Adopciones Desconcentradas, constituidos por cuatro (4) miembros de reconocida solvencia moral y calificacion profesional, correspondiendo la presidencia a los Presidentes de los Consejos Transitorios de Administracion Regional - CTAR's en su calidad de maximos representantes del Poder Ejecutivo en las regiones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26981, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y la Ley Nº 27050, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo

Nº 004-99-PROMUDEH y el Decreto Supremo Nº 001-99PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Los Consejos de Adopciones de las Oficinas de Adopciones Desconcentradas de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, a partir de la fecha estaran conformados por los siguientes miembros: - El Presidente del Consejo Transitorio de Administracion Regional respectivo, quien como MORDAZA representante del Poder Ejecutivo, lo presidira; - El Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica respectiva, en representacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; - El Director Regional de Salud respectivo, en representacion del Ministerio de Salud; - Un representante de la Iglesia Catolica. Articulo 2º.- Los miembros de los Consejos de Adopciones de las Oficinas de Adopciones Desconcentradas designados Ad Ho-

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