Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2000 (09/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de febrero de 2000 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 025-2000-EF/10

nistrativa de conformidad con el Articulo 157º Codigo Tributario; De conformidad con lo establecido en el Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 931-3-99 emitida por el Tribunal Fiscal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 1573 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-2000-EF/10 MORDAZA, 7 de febrero del 2000 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por la empresa HOTEX S.A. contra el Tribunal Fiscal. CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de setiembre de 1999, el Ministerio de Economia y Finanzas toma conocimiento de la queja formulada por HOTEX S.A. contra el Tribunal Fiscal por las Resoluciones Nºs. 530-5-98 del 4 de setiembre de 1998, 195-3-99 del 29 de marzo de 1999 y 579-1-99 del 16 de MORDAZA de 1999 emitidas por este ultimo; Que, mediante Oficio Nº 4172-99-EF/41.01 de fecha 13 de octubre de 1999, el Tribunal Fiscal senalo que de acuerdo a la Resolucion Nº 530-5-98, se declaro infundada la queja interpuesta por la recurrente contra la SUNAT por trabar embargo en forma de intervencion sobre sus bienes conforme a lo establecido en el Articulo 118º del Decreto Legislativo Nº 816 y los Articulos 16º y 17º de la Resolucion de Superintendencia Nº 016-97/SUNAT, que facultan al Ejecutor Coactivo a adoptar las medidas cautelares que a su juicio garanticen el cobro de la deuda tributaria, por lo que el embargo trabado no habia vulnerado ninguna MORDAZA del Codigo Tributario, y que la solicitud de ampliacion de fallo declarado Improcedente solo constituia un acto dilatorio para evitar la ejecucion del citado embargo; Que, el Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF, dispone que el recurso de queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido por dicho Codigo, debiendo ser resuelto por el Ministro de Economia y Finanzas cuando se trate de recurso de queja contra el Tribunal Fiscal; Que, del analisis del caso se desprende que el Tribunal Fiscal no ha infringido las disposiciones establecidas en el Codigo Tributario; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por la empresa HOTEX S.A., contra el Tribunal Fiscal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 1574

MORDAZA, 7 de febrero del 2000 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por la empresa Inversiones Esplendor E.I.R.Ltda., contra el Tribunal Fiscal. CONSIDERANDO: Que, con fecha 27 de setiembre de 1999, el Ministerio de Economia y Finanzas toma conocimiento de la queja formulada por la empresa Inversiones Esplendor E.I.R.Ltda. contra la Resolucion Nº 80-5-99 del Tribunal Fiscal; Que, mediante el Oficio Nº 4173-99-EF/41.01 de fecha 13 de octubre de 1999, el Tribunal Fiscal senalo que al momento de expedirse la Resolucion MORDAZA mencionada se han observado las disposiciones establecidas en el Codigo Tributario; Que, el Articulo 155º del Codigo Tributario dispone que el recurso de queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido por dicho Codigo, debiendo ser resuelto por el Ministro de Economia y Finanzas cuando se trate de recurso de queja contra el Tribunal Fiscal; Que, del analisis del caso se desprende que el Tribunal Fiscal no ha infringido las disposiciones establecidas en el Codigo Tributario; Que, el quejoso pretende impugnar resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, lo que solo procede mediante una demanda contencioso administrativa de conformidad con el Articulo 157º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Queja interpuesto por la empresa Inversiones Esplendor E.I.R.Ltda. contra el Tribunal Fiscal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 1575

Aceptan desistimiento de recurso de queja presentado por empresa contra el Tribunal Fiscal por errores en la tramitacion de impugnacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-2000-EF/10 MORDAZA, 7 de febrero del 2000 Visto, el escrito de desistimiento del Recurso de Queja presentado por UNIMED DEL PERU S.A. CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de noviembre de 1999, el Ministerio de Economia y Finanzas recibio el recurso de queja interpuesto por la empresa UNIMED DEL PERU S.A., contra el Tribunal Fiscal por errores en la tramitacion de la apelacion presentada por dicha empresa el 1 de marzo de 1996, ante la Mesa de Partes del ex Tribunal de Aduanas contra la Resolucion de Gerencia Nº 000647 emitida por la Intendencia de la Aduana Aerea del Callao;

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