Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2000 (09/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 9 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, el Tribunal Fiscal a traves del Oficio Nº 5112-99EF/41.01 de fecha 21 de diciembre de 1999, se pronuncio respecto a la referida queja, manifestando que cumplio con dar al recurso de apelacion, presentado en forma indebida, el tramite correspondiente, derivandolo a la ADUANA conforme a ley; Que, el Articulo 130º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el deudor tributario podra desistirse de sus recursos en cualquier etapa del procedimiento, mediante escrito con firma del contribuyente o representante legal, debidamente legalizada por Notario o Fedatario de la Administracion Tributaria; Que, asimismo, el tercer parrafo del citado articulo establece que es potestad del organo encargado de resolver aceptar el desistimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 130º del Codigo Tributario -Decreto Supremo Nº 135-99-EF-; SE RESUELVE: Articulo Unico.- ACEPTAR el desistimiento solicitado por UNIMED DEL PERU S.A., del Recurso de Queja presentado contra el Tribunal Fiscal por errores en la tramitacion de la apelacion presentada por dicha empresa el 1 de marzo de 1996, contra la Resolucion de Gerencia Nº 000647 emitida por la Intendencia de la Aduana Aerea del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 1569

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 1576

Precisan que distribucion del Fondo de Compensacion Municipal correspondiente al Ejercicio Fiscal 2000, se efectuara conforme a lo dispuesto en la R.M. Nº 025-98-EF/15
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 027-2000-EF/15 MORDAZA, 7 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 88º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, se establece que los Indices de Distribucion del Fondo de Compensacion Municipal seran determinados anualmente por el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Resolucion Ministerial; Que, los recursos mensuales que perciban las municipalidades por concepto del Fondo de Compensacion Municipal no podran ser inferiores al monto establecido en el Articulo 89º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26891 y la Ley Nº 27082; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 025-98-EF/ 15 se establece el procedimiento para la distribucion del Fondo de Compensacion Municipal; De conformidad a lo establecido por los Articulos 88º y 89º del Decreto Legislativo Nº 776; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Para efecto de la distribucion del Fondo de Compensacion Municipal a nivel de cada municipalidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal del ano 2000, sera de aplicacion lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 025-98-EF/15. Registrese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 1597

Precios FOB de referencia para la aplicacion de los derechos especificos correspondientes a la importacion de productos agropecuarios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-2000-EF/15 MORDAZA, 7 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 001691-AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importacion de ciertos productos agropecuarios esta sujeta a la aplicacion de derechos especificos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 24 y el 30 de enero del 2000; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios FOB de referencia para la aplicacion del derecho especifico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Del 24/1/2000 al 30/1/2000 Maiz BDTE 99 Arroz BDTK 226 Azucar SUGRCSCS 120

EDUCACION
Autorizan viaje de representante del CONCYTEC a Canada, para participar en evento sobre diversidad biologica
RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2000-ED MORDAZA, 8 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, se ha cursado invitacion al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC, para participar en la Conferencia de las Partes en la Convencion sobre Diversidad Biologica, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Montreal, Canada, del 24 al 28 de enero del 2000; Que, la referida conferencia tiene por objeto continuar y concluir la discusion del Protocolo de Bioseguridad, iniciada en Cartagena de Indias, Colombia; Que, el Presidente del Comite Directivo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC, ha dele-

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