Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2000 (13/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de febrero de 2000

Segunda.- Las partes teniendo en cuenta el Convenio MORDAZA MORDAZA indicado, acuerdan el presente convenio especifico, referido fundamentalmente al intercambio de informacion de MORDAZA instituciones sobre material bibliografico y otros documentos de caracter academico para el servicio de los estudiantes, asimismo, se dirige a establecer un sistema extraordinario de ingreso y convalidaciones de cursos entre la Maestria con mencion en Tutela Jurisdiccional y el Programa de Formacion de Aspirantes de la Academia de la Magistratura-PROFA, de conformidad con las normas administrativas y academicas de la UNSA y la Academia de la Magistratura. Tercera.- Las partes declaran que el presente convenio especifico se refiere fundamentalmente a los servicios academicos de la Maestria con mencion en Tutela Jurisdiccional y los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico que sigan estudios o hayan egresado del Programa de Formacion de Aspirantes de la Academia de la Magistratura-PROFA. Cuarta.- La "Maestria en Derecho con mencion en Tutela Jurisdiccional" es un centro de estudios de Post-grado de la Universidad Nacional de San MORDAZA de MORDAZA, creado de conformidad con lo previsto en la Ley Universitaria vigente y el estatuto de la Universidad, que tiene como objetivos brindar un ciclo de estudios e investigacion, intensivos y altamente calificados, acorde con los avances de la Tutela Jurisdiccional; asi como proporcionar informacion de alto nivel sobre los contenidos de esta materia a los alumnos de la Maestria, a fin de formar especialistas e investigadores que puedan desempenarse tanto en la docencia como en las funciones de asesoria y especialmente en la Magistratura. Para tal efecto, ofrece un plan de estudios de cuatro semestres de duracion en el que se da prevalencia al conocimiento sistematico de los principios esenciales del Debido MORDAZA y la Tutela Jurisdiccional efectiva. La conclusion de los estudios que supone la aprobacion de las doce materias que componen la plana curricular, asi como la elaboracion, sustentacion y aprobacion de un Trabajo de Investigacion (Tesis) en acto publico y ante un MORDAZA, conducen a la obtencion del grado academico de Magister en Derecho con mencion en Tutela Jurisdiccional. La Maestria es, por ello, una institucion que proporciona una formacion adecuada para el trabajo academico y la investigacion. Quinta.- Por su parte, la Academia de la Magistratura es una institucion creada por la Constitucion Politica de 1993 y se encarga de la actualizacion y perfeccionamiento de los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, de la formacion de los aspirantes a la MORDAZA judicial y fiscal, y de la capacitacion de quienes postulen al ascenso en dichas carreras. La Academia tiene como finalidad contribuir al mejoramiento y desarrollo del servicio de administracion de justicia en el MORDAZA, a traves de la consolidacion de una magistratura profesionalmente competente, tecnicamente idonea, creativa, independiente y comprometida con los valores democraticos. La Academia es una persona juridica de derecho publico interno, goza de autonomia academica, administrativa, economica y de gobierno. La Academia de la Magistratura desarrolla un sistema integral y continuo de formacion y capacitacion de magistrados, a traves del cual se imparten los conocimientos necesarios para un mejor ejercicio de la funcion jurisdiccional y fiscal. Esta labor se desarrolla a traves de tres ejes de actuacion, principalmente: 1. Programas, son espacios de actuacion de caracter permanente y se encuentran establecidos en la Ley Organica de la Academia: a) Programa de Formacion de Aspirantes (PROFA); b) Programa de Actualizacion y Perfeccionamiento (PAP); c) Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso (PCA). 2. Proyectos, son de naturaleza temporal y responden a encargos especificos emanados de disposiciones legales. 3. Actividades y servicios, brindan apoyo complementario a las tareas permanentes de formacion y capacitacion de magistrados. Su ejecucion puede traducirse en resultados especificos, tales como: Investigaciones, Publicaciones, Convenios Internacionales, Seminarios Nacionales e Internacionales, Servicio de Biblioteca. DEL OBJETO DEL CONVENIO Sexta.- La suscripcion del convenio tiene como objeto la cooperacion para el fortalecimiento de los programas de estudio y el desarrollo academico en beneficio de los estudiantes de MORDAZA instituciones. Para ello se ha previsto la implementacion de los siguientes aspectos: a) Un sistema de intercambio de informacion que habilite a los estudiantes de MORDAZA entidades para el uso de las bibliotecas y centros de documentacion.

b) Un sistema extraordinario de ingreso y convalidaciones de cursos de conformidad con las normas administrativas y academicas de cada entidad. c) Un sistema de becas de conformidad con las normas administrativas y academicas de cada entidad. DE LAS RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES Septima.- Teniendo en consideracion lo previsto en la clausula anterior, la Maestria asume las siguientes responsabilidades: a) Proporcionar el mecanismo formal que habilite a los estudiantes y funcionarios de la Academia de la Magistratura para el uso de la Biblioteca y los Centros de Documentacion de la Universidad; b) Permitir el ingreso extraordinario de los alumnos del Programa de Formacion de Aspirantes de la Academia de la Magistratura-PROFA, que han aprobado el Primer Semestre de Formacion Teorica, para cursar estudios de maestria de conformidad con las normas academicas y administrativas de la Universidad y de acuerdo a las normas que se prevean para este caso. c) Permitir la convalidacion de materias cursadas en la Academia a los alumnos referidos, una vez que hayan sido admitidos en la Maestria, previa conformidad con las normas academicas y administrativas de la Universidad y de acuerdo a las normas que se prevean para este caso. d) Proporcionar apoyo economico a traves de becas a los alumnos y funcionarios provenientes de la Academia, previa conformidad con las normas academicas y administrativas de la Universidad. e) Posibilitar, en via de intercambio, el acceso a la docencia en la Maestria, a Profesores de la Academia de la Magistratura. La Academia, por su parte, asume las responsabilidades siguientes: a) Proporcionar el mecanismo formal que habilite a los estudiantes de la Maestria para el uso de la Biblioteca y el Centro de Documentacion de la Academia; b) Exonerar en via de convalidacion, a los egresados de la Maestria, de la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos a que se refiere el Inc. b) del Articulo 11º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura. c) Permitir la convalidacion de materias cursadas en la Maestria a los egresados de esta, una vez que hayan sido admitidos en la Academia, previa conformidad con las normas academicas y administrativas de esta MORDAZA y de acuerdo a las normas que se prevean para este caso. d) Posibilitar, en via de intercambio, el acceso a la docencia en la Academia, a Profesores de la Maestria. Octava.- Para la definicion de los mecanismos que, de conformidad con las normas administrativas y academicas de cada institucion, permitan el cumplimiento y ejecucion de las responsabilidades previstas en la clausula anterior, asi como para la comunicacion, coordinacion, determinacion de tareas, envio y recepcion de documentos, y cualesquiera otras labores de mera funcionalidad, se tiene como responsables al doctor Magdiel MORDAZA MORDAZA, Decano de la Facultad de Derecho y Coordinador de la Maestria de la Universidad Nacional de San MORDAZA de MORDAZA y al doctor MORDAZA MORDAZA Terreros, Director Academico de la Academia de la Magistratura. Novena.- El presente Convenio se suscribe por el periodo de dos anos. Sin perjuicio de ello, el convenio puede ser prorrogado por el mismo periodo a satisfaccion de las partes. Decima.- Se acuerda que la suscripcion y ejecucion del Convenio no genera derecho pecuniario para ninguna de las partes, en tal sentido, cada parte asume la ejecucion de sus tareas y responsabilidades con sus propios recursos. Suscrito en MORDAZA, en tres ejemplares de identico valor, a los tres dias del mes de febrero del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA CUERVO Rector de la Universidad Nacional de San MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision de Reorganizacion y Gobierno y Director General de la Academia de la Magistratura 1784

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