Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2000 (13/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de febrero de 2000

Visto el escrito de fecha 8 de febrero del 2000, presentado por el Ing. MORDAZA Solar la MORDAZA, Director Departamental PRONAMACHCS - MORDAZA, solicitando licencia sin goce de haber por asuntos particulares del 8 de febrero al 10 de MORDAZA del ano en curso, a efectos de ser candidato a Congresista en las Elecciones Generales del 9 de MORDAZA proximo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 002-97-AG de fecha 17 de enero de 1997 se designo al Ing. MORDAZA Solar la MORDAZA en el cargo de Director Departamental PRONAMACHCS - Apurimac; Que mediante el escrito del visto, el mencionado funcionario ha solicitado licencia sin goce de haber por motivos particulares al MORDAZA de lo previsto en el inciso b) del Articulo 110º y Articulo 115º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, concordante con la Ley Organica de Elecciones - Ley Nº 26859, la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - Ley Nº 26487 y demas normas complementarias aplicables a la materia; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder licencia sin goce de haber por asuntos particulares, del 8 de febrero al 10 de MORDAZA de 2000, al Ing. MORDAZA SOLAR LA MORDAZA, Director Departamental PRONAMACHCS - MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar, a partir del 8 de febrero del 2000, las funciones de Director Departamental PRONAMACHCS MORDAZA al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la misma dependencia. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 1718

Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion al CTAR MORDAZA, a la Direccion Regional de Agricultura del MORDAZA y al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 1719 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0077-2000-AG MORDAZA, 8 de febrero de 2000 Visto el Oficio Nº 142-2000-CTARU-DRSAU de fecha 8 de febrero del 2000, cursado por la Ing. MORDAZA Seijas MORDAZA, Directora Regional de Agricultura de Ucayali, solicitando licencia sin goce de haber por asuntos particulares, del 8 de febrero al 10 de MORDAZA del ano en curso, a efectos de ser candidata a Congresista en las Elecciones Generales del 9 de MORDAZA proximo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 038-99-AG de fecha 30 de MORDAZA de 1999 se designo a la Ing. MORDAZA Seijas MORDAZA en el cargo de Director Regional de Agricultura de Ucayali; Que, mediante el escrito del visto, la mencionada funcionaria ha solicitado licencia sin goce de haber por motivos particulares al MORDAZA de lo previsto en el inciso b) del Articulo 110º y 115º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con la Ley Organica de Elecciones - Ley Nº 26859, la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - Nº 26487 y demas normas complementarias aplicables a la materia; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder licencia sin goce de haber por asuntos particulares, del 8 de febrero al 10 de MORDAZA del 2000, a la Ing. MORDAZA SEIJAS MORDAZA, Directora Regional de Agricultura del Ucayali, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar, a partir del 8 de febrero del 2000, las funciones de Director Regional de Agricultura de Ucayali al Ing. MORDAZA LLAQUE SAKUMA, Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA Ucayali, con retencion de su cargo, en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion al CTAR Ucayali, a la Direccion Regional de Agricultura de Ucayali, el SENASA y al interesado. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 1720

Encargan funciones de Directores Regionales de Agricultura del MORDAZA y Ucayali
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0064-2000-AG MORDAZA, 7 de febrero de 2000 Visto el escrito de fecha 7 de febrero del 2000, presentado por el Ing. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Agricultura del MORDAZA, solicitando licencia sin goce de haber por asuntos particulares, del 7 de febrero al 10 de MORDAZA del ano en curso, a efectos de ser candidato a Congresista en las Elecciones Generales del 9 de MORDAZA proximo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 053-98-AG de fecha 3 de agosto de 1998 se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director Regional de Agricultura del Cusco; Que, mediante el escrito del visto, el mencionado funcionario ha solicitado licencia sin goce de haber por motivos particulares al MORDAZA de lo previsto en el inciso b) del Articulo 110º y 115º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, concordante con la Ley Organica de Elecciones - Ley Nº 26859, la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - Nº 26487 y demas normas complementarias aplicables a la materia; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder licencia sin goce de haber por asuntos particulares, del 7 de febrero al 10 de MORDAZA del 2000, al Ing. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Agricultura del MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar, a partir del 7 de febrero del 2000, las funciones de Director Regional de Agricultura del MORDAZA al economista MORDAZA SUMARRIVA MORDAZA, Director de la Oficina de Planificacion de la mencionada Direccion Regional, con retencion de su cargo, en tanto dure la ausencia del titular.

DEFENSA
Dejan sin efecto resolucion que establecio normas relativas al uso de remolcadores en la MORDAZA Ferrol
RESOLUCION DE CAPITANIA Nº 007-2000 Chimbote, 24 de enero de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Capitania Nº 065-99 de fecha 9 de agosto 1999, se dictaron normas relativas al uso de remolcadores para maniobras de atraque y desatraque a muelle, cambio de amarradero, abarloamiento, ingreso y salida de los sistemas de boyas y todo movimiento de naves mercantes dentro de la MORDAZA Ferrol; Que, el Articulo A-060107 del Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-87-MA de fecha 9 de MORDAZA 1987 prescribe que el servicio de practicaje estara bajo el control y supervision de la Autoridad Maritima, para garantizar su calidad, nivel de seguridad y adecuada cobertura; Que, resulta necesario unificar criterios tecnicos teniendo en cuenta las caracteristicas propias de las areas de mar de cada puerto, para el uso de los remolcadores en las maniobras de atraque y desatraque, asi como en el fondeo a boyas;

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