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Pág. 183710 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de febrero de 2000 Que, en tal sentido es conveniente que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en su calidad de Autoridad Marítima a nivel nacional dicte una disposición general para regular el uso de remolcadores en los diferen- tes Puertos del litoral de la República considerando sus propias características, en aplicación a lo dispuesto en el Artículo A-010201 incisos (3) y (8) del Reglamento de Capita- nías; Que efectuado el análisis y evaluación de la Resolución de Capitanía Nº 065-99 se ha establecido la necesidad de dejarla sin efecto; Estando a lo propuesto por el Jefe de la Oficina de Medio Ambiente y a lo recomendado por el Jefe del Departamento de Seguridad y Vigilancia Acuática de la Capitanía de Puerto de Chimbote; SE RESUELVE: Artículo 1ro.- Dejar sin efecto la Resolución de Capita- nía Nº 065-99 de fecha 9 de agosto 1999, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2do.- Elevar copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese como Documento Oficial Público (D.O.P.). ENRIQUE NAVARRO ARGOTE Capitán de Puerto de Chimbote 1653 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan inafectación del IGV a importación realizada por institución cultural RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2000-EF Lima, 11 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, no está gravada con el Impuesto General a las Ventas, la transferencia o importación de bienes y la pres- tación de servicios debidamente autorizada mediante Reso- lución Suprema, vinculadas a sus fines propios efectuadas por las instituciones culturales, que se encuentren consti- tuidas como fundaciones o asociaciones que no distribuyan renta, según el inciso c) del Artículo 18º y el inciso b) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99- EF; Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF establece los proce- dimientos y requisitos que deben cumplir las instituciones culturales a fin de obtener la autorización para la inafectación del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institución solicitante ha cumplido con adjuntar la documentación a que se refiere el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99- EF; y, Con la opinión técnica del Instituto Nacional de Cultura; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZASE, la inafectación del Im- puesto General a las Ventas, a la importación de 230 carpe- tas unipersonales modelo CHC726 y 60 grabadoras confor- me constan en las Facturas Nºs. 649945 y 598727 de Adiron- dack direct y Coomber Electronic Equipment Ltd., respecti- vamente, efectuada por la Asociación Cultural Peruano Británica. Los bienes señalados en el párrafo precedente deberán destinarse exclusivamente al cumplimiento de los fines cultura- les de la citada Asociación.Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y la Superinten- dencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 1765 ENERGIA Y MINAS Por cambio de denominación social, tener como titular de la concesión definitiva de generación de energía eléctrica a EGENOR S.A.A. RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2000-EM Lima, 11 de febrero del 2000 VISTO: El Expediente Nº 11014593 organizado por EGE- NOR S.A. sobre Concesión Definitiva de Generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Carhuaquero, y la solicitud de cambio de denominación social como EGE- NOR S.A.A., presentada el 18 de noviembre de 1999; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 034-95-EM del 12 de mayo de 1995, se otorgó a favor de ELECTROPERU S.A. Concesión Definitiva para desarrollar la actividad de Generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Carhuaquero, de 75 MW, suscribiéndose el Contrato de Concesión Nº 054-95; Que, por Resolución Suprema Nº 028-96-EM del 9 de mayo de 1996, fue aprobada la transferencia de dicha Concesión a favor de Empresa de Generación Eléctrica Nor Perú S.A. (EGENOR) y, por Resolución Suprema Nº 045-97-EM del 15 de mayo de 1997, fue aprobada su transferencia a favor de EGENOR S.A.; Que, mediante documento con Registro Nº 1261144, presenta- do el 18 de noviembre de 1999, la concesionaria solicita se le tenga registrada para todos los efectos con la denominación social EGE- NOR S.A.A., manifestando que por Escritura Pública de Modifica- ción Integral de Estatutos y Adaptación al Régimen de Sociedad Anónima Abierta, extendida el 16 de abril de 1999, copia de cuyo Testimonio obra en el Expediente, fue formalizado el cambio de la denominación social a EGENOR S.A.A., acto que se encuentra inscrito en la Partida Nº 11018850 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; Estando a lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 26887, Ley Gene- ral de Sociedades; Con la opinión favorable del Director General de Electrici- dad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Tener a EGENOR S.A.A. como titular de la Concesión Definitiva de Generación otorgada originalmente por la Resolución Suprema Nº 034-95-EM del 12 de mayo de 1995, para desarrollar la actividad de Generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Carhuaquero, de 75 MW. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 1766