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Pág. 183732 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de febrero de 2000 anexos que forman parte integrante de la presente reso- lución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de concesión, BELLSOUTH PERU S.A. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si correspon- de, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente resolución minis- terial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1729 Aprueban Proyectos de Telecomunica- ciones Rurales para diversos centros poblados RESOLUCION MINISTERIAL Nº 077-2000-MTC/15.03 Lima, 10 de febrero de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, con Carta C.589.PD.GF/99 ha remitido al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción tres (3) Pro- yectos de Telecomunicaciones Rurales, que se enmarcan dentro del Programa de Proyectos Rurales, correspon- dientes a las áreas Centro Norte (departamentos de Ancash, La Libertad y Lambayeque), Centro Oriente (departamentos de Huánuco, Junín, Lima, Pasco y Ucaya- li) y Norte (departamentos de Amazonas, Cajamarca y Piura), solicitando su aprobación a fin de interconectar a la Red Telefónica Pública Nacional e Internacional los centros rurales ubicados en las áreas citadas, cuyo financia- miento será con cargo a los recursos del Fondo de Inver- sión en Telecomunicaciones - FITEL; Que, el Artículo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-93-TCC, señala que los operadores de servicios portadores en general y de servicios finales públicos, destinarán un porcentaje del monto de su facturación anual al FITEL para la financiación exclusiva de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o en lugares considerados de preferente interés social y que los corres- pondientes proyectos serán seleccionados por el OSIP- TEL y aprobados por el Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción; Que, el Decreto Supremo Nº 005-98-MTC, que modifi- ca el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, en su Primera Disposición Transitoria y Final dispone que cuando se trate de la explotación de servicios públicos de telecomunicaciones en áreas rurales y de interés social que conlleven la asignación de recursos del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (FITEL), las concesio- nes podrán ser otorgadas mediante concurso público de ofertas, pudiendo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción encargar al OSIPTEL o a otra entidad, la convocatoria y la conducción de dicho concurso con la participación de un represen- tante del órgano competente del Ministerio;Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Tele- comunicaciones, mediante Informes Nºs. 337-99-MTC/ 15.03.UECT y 365-99-MTC/15.03.UECT, expresa que lue- go de evaluados los Proyectos de Telecomunicaciones Rurales presentados por OSIPTEL, procede su aproba- ción debiendo emitirse el acto administrativo del caso; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC, 06-94-TCC, sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Viceministra de Comu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Proyectos de Telecomuni- caciones Rurales para los centros poblados rurales de las siguientes áreas, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución: -Centro Norte (departamentos de Ancash, La Liber- tad y Lambayeque) -Centro Oriente (departamentos de Huánuco, Junín, Lima, Pasco y Ucayali) -Norte (departamentos de Amazonas, Cajamarca y Piura). Artículo 2º.- Encargar al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) la convocatoria y conducción del concurso público de ofertas para la entrega de las concesiones de servicios públicos de telecomunicaciones, conforme a los Proyectos aprobados por el artículo precedente. Artículo 3º.- El Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones se encargará de rea- lizar las coordinaciones técnicas, económicas y legales con OSIPTEL respecto del concurso a que se refiere el Artícu- lo 2º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1730 Sancionan con multa a empresa por infracción al Reglamento de Servicios y Concesiones Postales RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2000-MTC/15.20 Lima, 20 de enero de 2000 Vista la acción de supervisión llevada a cabo a la empresa CHIMPEN INTERNACIONAL EXPRESS S.R.LTDA. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Nº 685 y el Regla- mento de Servicios y Concesiones Postales aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC, para la prestación del servicio postal se requiere de concesión otorgada por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que con fecha 29 de setiembre de 1999, dentro del programa de supervisión llevado a cabo por la Dirección General de Correos se efectuó una visita de inspección a las instalaciones de la empresa CHIMPEN INTERNA- CIONAL EXPRESS S.R.LTDA., con RUC Nº 14246843 ubicada en el Jr. Ica Nº 242 Of. 206, distrito, provincia y departamento de Lima, encontrando que la mencionada empresa ha venido ofreciendo el servicio postal sin auto- rización, acto que constituye infracción de carácter postal tipificada en el inciso a) del Artículo 38º del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales;