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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (14/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 183722 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de febrero de 2000 De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 0753-99-IN-1501 de fecha 2 de diciembre de 1999, mediante el cual se nombró al señor Ulises SOTO BA- RRERA, Subprefecto de la provincia de Lauricocha del departamento de Huánuco, por no haber juramentado dentro del plazo establecido por ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 1779 Dan por concluido nombramiento de Subprefecto de la provincia de Moyobamba , ex Región San Martín RESOLUCION SUPREMA Nº 084-2000-IN-1501 Lima, 11 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 0345-98-IN/1501 de fecha 13 de julio de 1998, se nombró al señor David Enrique LANDA TUCTO, como Subprefecto de la provin- cia de Moyobamba de la Región San Martín; De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; SE RESUELVE: Dar por concluido el nombramiento del señor David Enrique LANDA TUCTO, como Subprefecto de la provin- cia de Moyobamba de la ex Región San Martín, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 1780JUSTICIA Autorizan a instituciones funcionar como centros de conciliación en las ciudades de Lima y Huacho RESOLUCION MINISTERIAL Nº 050-2000-JUS Lima, 10 de febrero del 2000 Vistos los Expedientes con Registros Nºs. 06295 y 10579, de fechas 2 de junio y 9 de setiembre de 1999, respectivamente, del INSTITUTO DE ASESORIA SO- CIAL Y AFINES (IASYAF); CONSIDERANDO: Que el INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFI- NES (IASYAF), es una institución que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliación, con sede en la ciudad de Huacho; Que la recurrente cumple con los requisitos esta- blecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamen- to de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 339-99/DM-STC de la Secretaría Técnicas de Conciliación, es pertinente atender la solicitud del INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES (IASYAF); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decre- to Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al INSTITUTO DE ASE- SORIA SOCIAL Y AFINES (IASYAF), a funcionar como Centro de Conciliación, con sede en la ciudad de Huacho. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 1739 COLOCAR INFORMATIVO VERA PAREDES