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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (26/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 184178 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de febrero de 2000 al cero con 40/100 por ciento (0.4%) de la Unidad Imposi- tiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2000; Que, estando a lo expuesto y en uso de las faculta- des conferidas por la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Fíjese en Once con 60/100 nuevos soles (S/. 11,60) el monto que deberán abonar los contribu- yentes por concepto de derecho de emisión mecanizada y actualización de valores, determinación del impuesto, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del Impuesto Predial para el ejercicio del año 2000. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Oficinas de Rentas, Adminis- tración e Informática, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 2347 Aprueban Cronograma de Pagos de Tributos Municipales para el año 2000 DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2000/MDS Surquillo, 17 de febrero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto el Acuerdo de Concejo de la fecha, referido al Cronograma de Pago correspondiente a los Tributos Municipales del año 2000; CONSIDERANDO: Que, es necesario fijar el plazo de vencimiento de las obligaciones tributarias a fin de brindar mayores facilida- des a los contribuyentes Surquillanos para el cumpli- miento de las mismas; Que, es preciso dar cumplimiento al Acuerdo de Con- cejo de vistos; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º, inciso 6) y lo previsto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma de Pago de los Tributos Municipales para el año 2000, como sigue: IMPUESTO PREDIAL Primer Trimestre 15 de marzo del 2000 Segundo Trimestre 31 de mayo del 2000 Tercer Trimestre 31 de agosto del 2000 Cuarto Trimestre 30 de noviembre del 2000 ARBITRIOS MUNICIPALES Primer Bimestre 15 de marzo del 2000 Segundo Bimestre 29 de abril del 2000 Tercer Bimestre 30 de junio del 2000 Cuarto Bimestre 31 de agosto del 2000 Quinto Bimestre 31 de octubre del 2000 Sexto Bimestre 29 de diciembre del 2000 Artículo Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde para que vía Decreto, establezca las prórrogas que fueran necesa- rias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a las Oficinas de Rentas, Administra- ción e Informática, en cuanto les corresponda.Regístrese, publíquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 2348 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Declaran área del distrito como zona rígida para el comercio ambulatorio ORDENANZA Nº 026-99/MVMT Villa María del Triunfo, 24 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24.diciem- bre.99, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Wa- shington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores, Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora Heredia C., Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrriba- rren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Fran- cisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre reubicación de trabajadores informales; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo ha debatido el problema del comercio ambulatorio en el Asentamiento Humano "Villa Poeta José Gálvez Barrenechea" - y que se verificó por el planteamien- to de los comerciantes formales del Mercado ATECA; Que, mediante Dictamen de fecha 23.noviembre.99, la Comisión de Saneamiento Ambiental, Servicios Comunales y Ecología del Concejo se pronuncia por que se declare Zona Rígida para el Comercio Ambulatorio las 29 Manzanas que están al interior del perímetro de la poligonal formada por la Av. Mariam Quimper, Jr. Ucayali, Jr. Amazonas, Jr. Ayacu- cho, Jr. Cusco, Av. Lima y Av. Arica del Asentamiento Humano "Villa Poeta José Gálvez Barrenechea"; Que, con Dictamen de fecha 22.noviembre.99, la Comi- sión de Desarrollo Urbano del Concejo se pronuncia ratificando la propuesta de la Comisión de Saneamiento Ambiental, Servicios Comunales y Ecología en el sentido de declaración de Zona Rígida, así como también propone la reubicación de los trabajadores ambulantes ubicados alrededor del Mercado ATECA, a la Manzana 179-A del Asentamiento Humano referido; Que, siendo así, corresponde emitirse el respectivo Dispositivo Municipal; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3); 65º, Incs. 5) y 9); 68º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y con el voto unánime de los señores Regidores se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DECLARAR Zona Rígida para el Comercio Ambulatorio las 29 Manzanas que se encuentran al interior del perímetro de la poligonal formada por la Av. Mariam Quimper, Jr. Ucayali, Jr. Amazonas, Jr. Ayacucho, Jr. Cusco, Av. Lima y Av. Arica del Asentamiento Humano "Villa Poeta José Gálvez Barrenechea" de esta jurisdicción. Artículo Segundo.- DISPONER la reubicación, ini- cialmente, de los comerciantes informales ubicados alre- dedor del Mercado ATECA; en cumplimiento al artículo precedente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 2350