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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (26/02/2000)

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Pág. 184175 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de febrero de 2000 De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, con Construcción Simultánea de Viviendas de conformidad con los planos signados con los Nº 093-99-MML-DMDU-DHU y Nº 098- 99-MML-DMDU-DHU el terreno de QUINIENTOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (501,220.00 m2), conformado por el lote "D" con TRES- CIENTOS UN MIL CIEN METROS CUADRADOS (301,100.00 m2) y el lote "D-1" con DOSCIENTOS MIL CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (200,120.00 m2) para Uso Residencial de Densidad Baja "R-1" y "R-2", Densidad Media "R-3" y Zona de Forestación "ZF", ubica- do en el ex Fundo Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, cuyos Pro- yectos Definitivos y autorización de ejecución de Obras fueran aprobados con Resolución Nº 110-99-MML-DMDU de fecha 21 de octubre de 1999. Artículo Segundo.- DISPONER que los interesados deban recurrir a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para la aprobación de los Proyectos de Edificación y para el otorgamiento de las Licencias de Construcción correspondientes y que las edificaciones que en virtud de esta autorización se construyan, no podrán ser ocupadas sin contar con el certificado de Conformidad de Obra respectivo, en concordancia con el Art. II-X-4 del Regla- mento Nacional de Construcciones. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Reso- lución a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 2342 MUNICIPALIDAD DE LURIN Anulan procedimiento disciplinario ini- ciado contra servidor de la municipali- dad ACUERDO DE CONCEJO Nº 172-99/ML Lurín, 23 de diciembre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR TANTO: Visto en Sesión de Concejo Municipal celebrada el día 23 de diciembre de 1999, en el local de la Agencia Munici- pal de la Zona Sur "A", el Informe Nº 564-99-OAJ/ML de la Oficina de Asesoría Jurídica referente al Proceso Admi- nistrativo Disciplinario del servidor Máximo Faustino Soriano, mediante el cual la Asesoría Legal informa en relación a lo resuelto en el Artículo Cuarto de la Resolu- ción de Alcaldía Nº 692-99-ALC/ML de fecha 12.noviem- bre.99; CONSIDERANDO: Que, este documento fue ampliamente analizado por el Concejo, quienes en uso de sus facultades expre-saron su voto unánime para la aprobación del siguiente acuerdo: ACUERDO Artículo Primero.- ANULAR la Resolución de Alcal- día Nº 692-99-ALC/ML de fecha 12.noviembre.99. Artículo Segundo.- DECLARAR Fundado el Recur- so de Apelación contra la Resolución de Alcaldía Nº 476- 99-ALC/ML. Artículo Tercero.- RESTITUIR a don Máximo Faus- tino Soriano, al mismo nivel de Carrera alcanzado hasta antes de su destitución. Artículo Cuarto.- ANULAR todo lo actuado en rela- ción al Proceso Administrativo del señor Máximo Fausti- no Soriano. Artículo Quinto.- DESIGNAR una nueva Comisión Especial de Procesos Administrativos, para que se pro- nuncie sobre las faltas cometidas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 780 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Amplían plazo para el pago del im- puesto predial y arbitrios municipales DECRETO Nº 001-2000-CDSB-A San Borja, 25 de febrero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de brindar mayor facilidad a los contribuyentes en el pago oportuno de los tributos muni- cipales, se hace necesario prorrogar el plazo para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios 2000; Que, la Dirección de Presupuesto y Rentas en su Informe Nº 012-2000-CDSB-DPR solicita se prorrogue el plazo para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios 2000, hasta el 18 de marzo del 2000; Que, el Artículo 29º del Código Tributario, D.L. Nº 816, establece en su último párrafo que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Direc- ción de Presupuesto y Rentas, Dirección de Administra- ción; y lo dispuesto en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago de la 1ra. Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios 2000, hasta el día 18 de marzo del 2000. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Pre- supuesto y Rentas el cumplimiento del presente Decreto y a la Dirección de Imagen Institucional la difusión del mismo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 2363