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Pág. 190070 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de julio de 2000 9. Las demás atribuciones inherentes a sus funcio- nes. DIVISION DE PERSONAL Artículo 52º.- FINALIDAD: Administrar los recur- sos humanos de la Municipalidad. La División de Personal depende jerárquicamente del Director de Administración, está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de Divi- sión. Artículo 53º.- FUNCIONES: 1. Planear, organizar, dirigir y controlar la adminis- tración de los recursos humanos. 2. Planear, organizar, dirigir y controlar las activida- des referidas a la selección y evaluación del personal. 3. Planear, organizar, dirigir y controlar las activida- des destinadas a la capacitación y motivación del perso- nal. 4. Planear y controlar las actividades culturales, deportivas, recreativas y de bienestar social para los trabajadores y su familia. 5. Cumplir con las demás funciones que le asigne el Director de Administración. Artículo 54º.- ATRIBUCIONES: 1. Elaborar y ejecutar su Plan de Acción y Presupues- to. 2. Proponer políticas en materia de gestión del perso- nal. 3. Mantener actualizado los legajos del personal. 4. Proponer las políticas para el movimiento del personal, estimación de las remuneraciones y pensiones. 5. Efectuar el registro de las agrupaciones sindicales. 6. Representar al Alcalde ante el Sindicato de Traba- jadores. 7. Coordinar con las demás áreas de la Municipalidad sus requerimientos de personal. 8. Las demás atribuciones inherentes a sus funcio- nes. DIVISION DE LOGISTICA Artículo 55º.- FINALIDAD : Administrar los recur- sos logísticos así como brindar el apoyo técnico y admi- nistrativo, para la realización de las actividades de la Municipalidad. La División de Logística depende jerárquicamente del Director de Administración, está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de Divi- sión. Artículo 56º.- FUNCIONES: 1. Planear, organizar, dirigir y controlar la adminis- tración de los recursos logísticos de la Municipalidad. 2. Constituir y mantener al día el margesí de bienes de la Municipalidad. 3. Cumplir con las demás funciones propias de su competencia que le asigne el Director de Administra- ción. Artículo 57º.- ATRIBUCIONES: 1. Elaborar y ejecutar su Plan de Acción y Presupues- to Municipal. 2. Elaborar el Plan Anual de adquisiciones y contra- taciones. 3. Proponer las políticas referidas a la administración de los recursos logísticos. 4. Coordinar con las demás áreas de la Municipalidad sus necesidades de impresión y fotocopiado. 5. Registrar las donaciones recibidas por la Municipa- lidad. 6. Mantener actualizado el libro de proveedores. 7. Las demás atribuciones inherentes a sus funcio- nes.DIRECCION DE PRESUPUESTO Y RENTAS Artículo 58º.- FINALIDAD : Es el Organo de Línea encargado de conducir los procesos presupuestarios y de Planificación, así como de la estimación y captación optima de los ingresos tributarios y no tributarios. La Dirección de Planificación y Rentas depende jerár- quicamente del Director General de Administración y Economía, está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Director. Artículo 59º.- FUNCIONES: 1. Planear, organizar, dirigir y controlar el proceso presupuestario. 2. Planear, organizar, dirigir y controlar el proceso de planificación en el corto plazo. 3. Planear, organizar, dirigir y controlar las activida- des referidas a la óptima recaudación de los tributos. 4. Cumplir con las demás funciones que le asigne el Director General de Administración y Economía. Artículo 60º.- ATRIBUCIONES: 1. Formular, programar, controlar y evaluar el Plan de Acción y Presupuesto Municipal de cada una de sus Divisiones. 2. Proponer políticas en materia de su competencia. 3. Emitir Resoluciones Directorales. 4. Administrar la base de los cargos y abonos de los contribuyentes y su cuenta corriente. 5. Coordinar con el Ministerio de Economía y Finan- zas, la Contaduría General de la Nación, Municipalidad Metropolitana de Lima y el Instituto Nacional de Esta- dística e Informática. 6. Las demás atribuciones inherentes a sus funcio- nes. DIVISION DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Artículo 61º.- FINALIDAD : Administrar la base de datos de los cargos y abonos de los contribuyentes. La División de Administración Tributaria depende jerárquicamente del Director de Presupuesto y Rentas, está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de División. Artículo 62º.- FUNCIONES: 1. Planear, organizar, dirigir y controlar las activida- des referidas a la administración de la base de datos de los cargos y abonos de los contribuyentes. 2. Aplicar las normas tributarias municipales 3. Cumplir con las demás funciones que le asigne el Director de Presupuesto y Rentas. Artículo 63º.- ATRIBUCIONES: 1. Elaborar y ejecutar su Plan de Acción y Presupues- to. 2. Realizar la depuración, validación, ordenamiento, clasificación y codificación del registro de contribuyen- tes. 3. Realizar la emisión, recepción y procesamiento de las declaraciones juradas por todo tipo de tributo. 4. Brindar la información a los contribuyentes en materia tributaria, así como del estado de los expedien- tes que ingresen a la División, velando por un correcto pronunciamiento en aplicación de las normas legales tributarias. 5. Las demás atribuciones inherentes a sus funcio- nes. DIVISION DE CONTROL Y RECAUDACION Artículo 64º.- FINALIDAD : Ejecutar las acciones de control en la cobranza de los tributos y multas de acuerdo a la normatividad vigente.