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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2000 (10/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 190060 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de julio de 2000 S B S Autorizan al Banco Santander Cen- tral Hispano-Perú el cierre y traslado de agencias ubicadas en las pro- vincias de Lima, Arequipa, Chiclayo y Trujillo RESOLUCION SBS Nº 456-2000 Lima, 4 de julio del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: Las comunicaciones recibidas con fecha 26 de junio del 2000 del Banco Santander Central Hispano - Perú, mediante las cuales solicita autorización para el cierre de las agencias que se detallan en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre de di- chas agencias; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF "D"- 084-OT/2000; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Santander Central Hispano - Perú el cierre de las siguientes agen- cias ubicadas en: - Jirón Carabaya Nº 801, distrito del Cercado, provin- cia y departamento de Lima; - Av. Los Héroes Nºs. 542 y 542-A, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, - Calle Perú Nº 207, distrito del Cercado, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 7798 RESOLUCION SBS Nº 457-2000 Lima, 4 de julio del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: Las comunicaciones recibidas con fecha 26 de junio del 2000 del Banco Santander Central Hispano - Perú, mediante las cuales solicita autorización para el traslado de las agencias que se detallan en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado de dichas agencias; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF "D"- 085-OT/2000; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, envirtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Santander Central Hispano - Perú el traslado de las siguientes agencias ubicadas en: - Av. Elías Aguirre Nºs. 864 y 870, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, al Jr. Ma- nuel María Izaga Nºs. 711-719, locales A-103, A-104, A- 105 y A-106, distrito y provincia de Chiclayo, departa- mento de Lambayeque. - Calle Independencia Nº 599, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, al Jr. Junín Nº 488, Oficina 202, distrito y provincia de Trujillo, depar- tamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 7799 UNIVERSIDADES Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Univer- sidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Secretaría General RESOLUCION C.R. Nº 1971-2000-UNFV San Miguel, 28 de junio del 2000 Visto el Oficio Nº 0419-2000-OCPL-UNFV del 13.6.2000 del Jefe de la Oficina Central de Planificación, mediante el cual remite el Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos de la Universidad Nacional Federi- co Villarreal - TUPA 2000, para su aprobación; y, CONSIDERANDO: Que, los Arts. 20º, 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757 del 8.11.1991, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establecen que las Entidades Públicas del Gobierno Central, Regional y Local, están obligadas a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar drásticamente todos los procedimientos y trá- mites administrativos que se siguen ante ellos, para lo cual deberán aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Estando a lo acordado por la Comisión Reorganizado- ra en Sesión Ordinaria Nº 483-2000 del 27.6.2000; y de conformidad con el D.L. Nº 25798, R.S. Nº 524-92-PCM, Leyes Nºs. 26180, 26259, 26402, 26703, 26708, 26880, R.S. Nº 672-98-PCM, R.S. Nº 673-98-PCM, Resolución C.R. Nº 6510-95-UNFV y R.S. Nº 120-2000; En uso de las atribuciones de las que está investida la Comisión Reorganizadora; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Pro- cedimientos Administrativos de la Universidad Nacio- nal Federico Villarreal - TUPA 2000, documento que en veintidós (22) fojas debidamente selladas y rubricadas por la Secretaria General de esta Casa Superior de Estudios, forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los Vicerrectores Académico y Administrativo, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. WILLIAM CAJAS BUSTAMANTE Rector IBETT YULIANA ROSAS DIAZ Secretaria General