Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2000 (06/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 6 de marzo de 2000

Art. 6º del Decreto Supremo Nº 181-86-EF, en los casos de anticipos por comision de servicios, sostiene al respecto que cumplio con entregar oportunamente la R.D. Nº 440-94-INPE/OGA y su Directiva Nº 001-94INPE/OGA, siendo los responsables directos de la supervision el Jefe de Rendicion de Cuenta y de la Unidad de Financiera, no obstante ello su Despacho remitio el Memo. Nº 399-97-INPE-DRS/OGA de fecha 24.JUL.97, al Area de Rendicion de Cuentas para notificar al personal pendiente de rendicion de cuentas, con fecha 05.MAY.98, se remite el Informe Nº 07098-INPE-DRS-ARE/DA, con la relacion del personal pendiente de rendicion a la Oficina de Auditoria Regional, con Informe Nº 077-98-INPE-DRS-ARE/DA, reitera la remision de todo el personal pendiente de rendicion de cuenta, documentos a los cuales no hizo el seguimiento respectivo para su cumplimiento y que fueron desestimados por el Organo de Control mediante Oficio Nº 138-98-INPE-DRS/OAI de fecha 8.JUN.98, indicando que las relaciones deben ser procesadas mostrando a los omisos, uno por uno, y en caso de haberse notificado indicar las fechas de emision, asi mismo el Art. 24º de Directiva Nº 001-94-INPE/OGA, dispone que las Rendiciones que no hayan sido aprobadas seran informadas a la Direccion de Administracion, obligacion que el procesado no superviso para su cumplimiento durante su gestion, por lo que subsiste el cargo formulado; de otro lado, contrato los servicios de la empresa COMREYSER para que ejecute los trabajos de refaccion de los servicios higienicos y acondicionamiento de un modulo para cafetin por la suma de S/. 11,514.00 Nuevos Soles, sin contar con la propuesta Tecnica aprobada y sin la participacion de la Unidad de Abastecimiento, obra que quedo inconclusa, habiendose cancelado S/. 6,960.00 Nuevos Soles, sostiene que dicha observacion se MORDAZA en el Memo. Nº 660-97 de fecha 31.OCT.97 e Informe Nº 147-97INPE-DRS/DA/ABAST de fecha 14.NOV.97 en la que se indica que la Direccion de Administracion hizo llegar anexo al MORDAZA Nº 660-97-INPE-DRS/DA tres proformas, senalando que eso es totalmente falso, pues no anexo ni remitio los documentos a que se hace mencion, mas bien el documento es adulterado, agregandosele la palabra ¨Incluyo¨ al final de dicho Memorandum, no obstante ello el procesado no ha cuestionado el contenido de referido Memorandum en su descargo ante el Organo de Control cuyo informe constituye prueba pre-constituida, ademas de ello, en el contrato suscrito por no previo una clausula que garantice el cumplimiento de la obligacion del proveedor, conforme lo dispone el Art. 5.1.3 del R.U.A., por lo que subsiste el cargo formulado en su contra; Que, si bien es MORDAZA del descargo presentado por el ex funcionario Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion, se han desvirtuado en parte los cargos formulados en su contra, tambien lo es, que los cargos que subsistentes revisten gravedad, los cuales deben ser apreciados de conformidad con el Art. 151 y 154 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para lo cual la Comision graduara la sancion teniendo en consideracion la gravedad de la falta, la forma de comision, la reincidencia, los efectos que produce la falta, el nivel de MORDAZA, la situacion jerarquica del autor y otros criterios, dependiendo de cada caso en particular. Por lo expuesto, esta Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios concluye que el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion de la Region ha infringido las obligaciones que impone la MORDAZA administrativa prescritas en los Incs. a), b) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas administrativas tipificadas en el Art. 28º Incs. a) y d) del mismo cuerpo legal; Que, respecto a los procesados Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Region SurArequipa y Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Tratamiento, se levantan los cargos formulados en su contra; Asimismo, es menester indicar que el ex funcionario Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue destituido mediante RPCR Nº 529-98-INPE-CR-P; el ex funcionario Nivel F-2 CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue destituido mediante R.P Nº 015-99-INPE-P y la ex funcionaria Nivel F2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra laborando en la Direccion Regional Sur Arequipa; Estando a lo recomendado en el Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios

y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 262-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION al ex funcionario Nivel F-2 MORDAZA RENNE MORDAZA MORDAZA, ex Administrador de la Direccion Regional Sur MORDAZA, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- ABSOLVER a los ex funcionarios de la Direccion Regional Sur MORDAZA, Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional y Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Tratamiento de los cargos formulados en la R.P Nº 910-99INPE-P. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion a los interesados a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 2645

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de la municipalidad
EDICTO Nº 001-2000-MDR MORDAZA, 19 de febrero del 2000 EL CONCEJO DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de febrero del 2000, se trato como punto de la agenda el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, elaborado por la Oficina de Presupuesto y Planificacion; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 36º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo el presente: EDICTO Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, que consta de 9 Titulos, 124 Articulos, 2 Disposiciones Complementarias, 3 Disposiciones Transitorias y 1 Disposicion Final, los cuales forman parte integrante del presente Edicto. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto todo dispositivo que se oponga al presente Edicto. Articulo Tercero.- El presente Edicto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal, a la Oficina de Presupuesto y Planificacion, y a la Oficina de Administracion a traves de la Unidad de Personal, el cumplimiento del presente Edicto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

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