Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2000 (06/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 6 de marzo de 2000

"Valores Mobiliarios que representan derechos crediticios Articulo 62º.- Las inversiones en valores mobiliarios que representen derechos crediticios emitidos o garantizados por una empresa determinada se sujetaran a los siguientes limites maximos: a) Diez por ciento (10%) del valor del Fondo; b) Cincuenta por ciento (50%) del valor de cada emision o serie en el caso de instrumentos de largo plazo. Las inversiones en instrumentos de corto plazo, con vencimientos maximos de un ano, no se encuentran sujetas al limite establecido en el presente inciso. Inversion en activos titulizados Articulo 64º.- Las inversiones en instrumentos representativos de activos titulizados emitidos por una Sociedad Titulizadora o una Sociedad de Proposito Especial determinadas, se sujetaran a los siguientes limites maximos: a) Cinco por ciento (5%) del valor del Fondo y cincuenta por ciento (50%) del valor de cada emision o serie, tratandose de derechos de contenido crediticio; b) Dos y 50/100 por ciento (2.50%) del valor del Fondo y veinticinco por ciento (25%) del valor de cada emision o serie, para el caso de derechos de participacion. Adecuacion de limites de inversion para acciones Duodecima.- El limite de inversion a que se hace referencia en el inciso a) del Articulo 63º sera de diez por ciento (10%) desde la fecha de vigencia del presente Reglamento y hasta el 31 de diciembre de 2001, de conformidad con las normas que al efecto dicte la Superintendencia." Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de marzo del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 2698

Que, el Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru, mediante el Oficio Nº 113-99-MNAAHP/D y el Informe Tecnico Nº 11-99-SDI-MNAAHPINC/vef, emite opinion favorable sobre la salida de las muestras; Que, la "Comision Tecnica de Arqueologia" mediante el Acuerdo Nº 044 de fecha 15 de marzo de 1999, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, aprobar la solicitud del doctor MORDAZA H. Sandweiss, para exportar cuatro (4) muestras de fragmentos de mate sin decoracion, procedentes del sitio Quebrada Jaguay 280 en el departamento de MORDAZA, con el objeto de someterlos a analisis de Radio Carbono por AMS de caracter destructivo y para analisis histologicos en los Laboratorios de la Smithsonian Institution en los Estados Unidos de Norteamerica; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura fortalecer las acciones tendentes a investigar y preservar el Patrimonio Cultural de la Nacion, promoviendo la cooperacion tecnica internacional; por lo que esta Institucion recomienda autorizar la salida de las muestras citadas; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; la Resolucion Suprema Nº 559-85-ED, Reglamento de Exploraciones y Excavaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al doctor MORDAZA H. Sandweiss para exportar cuatro muestras de fragmentos de mate sin decoracion, procedentes del sitio Quebrada Jaguay 280 en el departamento de MORDAZA, con el objeto de someterlos a analisis de Radio Carbono por AMS, de caracter destructivo y para analisis histologicos en los Laboratorios de la Smithsonian Institution en los Estados Unidos de Norteamerica. Articulo 2º.- El doctor MORDAZA H. Sandweiss responsable de la investigacion, debera remitir el informe de los resultados correspondientes al Instituto Nacional de Cultura, segun lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 559-85-ED, Reglamento de Exploraciones y Excavaciones Arqueologicas. Articulo 3º.- El Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru queda encargado de dar cumplimiento a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica

EDUCACION

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

Autorizan exportacion de muestras de 2684 fragmentos de mate sin decoracion, para ser analizados en los EE.UU. Autorizan exportacion de muestras de restos macrobotanicos, para ser analiRESOLUCION SUPREMA Nº 020-2000-ED zados en los EE.UU.
MORDAZA, 3 de marzo del 2000 VISTO, el Oficio Nº 1398-99-INC/DN cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta sin numero de fecha 3 de marzo de 1999, el doctor MORDAZA H. Sandweiss con R.N.A. Nº DS-8305, solicita autorizacion para exportar cuatro (4) muestras botanicas, procedentes de las excavaciones en el sitio Quebrada Jaguay 280, departamento de MORDAZA, las mismas que seran sometidas a analisis de Radio Carbono por AMS, de caracter destructivo y para analisis histologicos en los laboratorios de la Smithsonian Institution en los Estados Unidos de Norteamerica; RESOLUCION SUPREMA Nº 021-2000-ED MORDAZA, 3 de marzo del 2000 VISTO, el Oficio Nº 1408-99-INC/DN cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta sin numero de fecha 10 de agosto de 1999 el Dr. MORDAZA Billman con RNA Nº AB-9007, solicita autorizacion para exportar ciento noventiseis (196) muestras de restos macrobotanicos provenientes de las excavaciones realizadas en el MORDAZA del Proyecto Interaccion Costa - MORDAZA y Formacion del Estado Moche, departamento de La Libertad;

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