Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2000 (07/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

MORDAZA, martes 7 de marzo de 2000

Articulo Quinto.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diez, como Fiscal Provincial Ad hoc del caso materia de la Resolucion Nº 829-99-MP-CEMP de fecha 27 de octubre de 1999, con retencion de su Despacho. Articulo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema en lo Penal y Especializada en delitos de Robo Calificado, Violacion de la MORDAZA Personal (Secuestro), Homicidio y Extorsion, cometidos por Organizaciones Delictivas (Bandas) y Terrorismo Especial, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales a nivel nacional, y Fiscales designados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 2708

Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley Nº 26702; para que el Banco Wiese Sudameris proceda con la enajenacion de los bienes inmuebles que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco Wiese Sudameris, sin que MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en la Disposicion Transitoria de la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 0141-2000 Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris, prorroga de seis (6) meses para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702.
FECHA DE ADJUDICACION 99.3.11 DESCRIPCION/UBICACION VALOR CONTABLE PRORROGA (En Nuevos Soles) DE TENENCIA 181 833.06 2000.9.11

Mz. B, Lt. 14, MORDAZA Industrial Chiclayo Lotes 4 y 14, Mz. B14, MORDAZA Industrial, MORDAZA Av. MORDAZA Nºs. 705 - 715, Miraflores Jr. MORDAZA Torrico Nº 889, Dpto. 308, Cercado de MORDAZA Jr. Portuguez Nº 144, MORDAZA

99.3.11

1 212 692.13

2000.9.11

99.3.15

1 163 287.41

2000.9.15

SBS
Prorrogan plazo para que el Banco Wiese Sudameris proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0141-2000 MORDAZA, 29 de febrero del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se le otorgue prorroga para la enajenacion de los bienes recibidos y adjudicados en cobro de acreencias conforme a lo previsto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Disposicion Transitoria de la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23 establece que, las empresas que hayan recibido bienes adjudicados o recuperados con anterioridad a la vigencia de la misma, no se encuentran obligadas a cumplir con lo dispuesto en su numeral 5. Sin embargo, deberan constituir provisiones por el equivalente al 100% del valor neto en libros de dichos bienes dentro de los cinco (5) dias posteriores al vencimiento de los plazos senalados en el Articulo 215º de la Ley General; De acuerdo con el Informe Nº ASIF "C"041-OT/2000, y con la opinion favorable de la Superintendente Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 0807-99 de fecha 99.8.26;

99.3.31 99.3.31 Total

20 280.00 23 997.22 2 602 089.82

2000.9.30 2000.9.30

2726

INPE
Designan Presidente de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 148-2000-INPE-P MORDAZA, 23 de febrero de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 056-2000-INPE-P, de fecha 26 de enero del 2000, se constituyo la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para los servidores del Instituto Nacional Penitenciario; Que, es necesario reconstituir dicha Comision, a fin de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Legislativo Nº 276, en el Articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, y a las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 262-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ASIGNAR a partir de la fecha, a la Directora General de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario, Dra. DEISI UGAZ MORDAZA en el cargo de Presidente de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para los servidores del Instituto Nacional Penitenciario. Articulo 2º.- EXCLUIR de la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 056-2000-INPE-P, de fecha 26 de enero del 2000, al Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asignado en el cargo de Presidente de la referida Comision Permanente.

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