Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2000 (07/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de marzo de 2000

Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 10 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor, por las causales establecidas en los Articulos 23º, 26º, 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la acotada; Que, a fojas 30 aparece el Acuerdo de Concejo Nº 007 de sesion ordinaria que declara la vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo acusacion de haber incurrido en las causales previstas en los incisos 4) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que establecen que vaca el cargo de MORDAZA o regidor por cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad y por inconcurrencia injustificada a 3 sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante 3 meses; Que, el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, no ha acreditado la causal invocada de cambio de domicilio, al no haber presentado documento idoneo expedido por autoridad competente, que certifique el traslado de la residencia habitual de la regidora vacada a otro lugar fuera de la jurisdiccion de la municipalidad respectiva; Que, las copias certificadas de las actas de sesion de concejo de fechas 10, 15, 22 de diciembre de 1999, y 7 y 22 de enero del 2000, de fojas 04 a 31, acreditan unicamente que la regidora vacada, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no asistio a dichas sesiones, y no, que las inconcurrencias hayan sido injustificadas; Que, mediante carta de fecha 6 de diciembre de 1999, dirigida al concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, la regidora vacada, cumplio con justificar en su oportunidad sus inasistencias, indicando que por motivo de salud no concurriria a las sesiones, tal como consta a fojas 33, justificacion que no ha sido tomada en cuenta, segun se infiere en autos; Que, el concejo distrital no ha cumplido con el requisito legal previsto en el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades, que exige que entre la convocatoria y la sesion de concejo, mediaran por lo menos dos dias habiles, tal como se advierte de las constancias de citacion a fojas 3, 9, 15, 19 y 26; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo e insubsistente el Acuerdo de Concejo Nº 007 de sesion ordinaria de fecha 7 de enero del 2000, que declara la vacancia del cargo de regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia La Mar, departamento de MORDAZA, al no haberse cumplido con los requisitos legales para la citacion a sesiones de concejo; y en consecuencia infundada la solicitud de convocatoria del candidato correspondiente para que asuma el cargo de regidor en reemplazo de la regidora MORDAZA mencionada. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, continua en el ejercicio del cargo de regidora del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, por el periodo 1999 - 20002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 2741

su cargo, mediante la difusion de avisos contratados en la radioemisora "Acobamba" en fechas 15 y 16 de diciembre de 1999, conforme aparece a fojas 64, toda vez que, el citado distrito no cuenta con periodico de ambito local; no habiendo interpuesto recurso impugnatorio alguno contra el referido acuerdo, conforme se aprecia a fojas 65; Que, del analisis de autos se establece que el regidor MORDAZA MORDAZA Ceras se encuentra ausente de la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA por mas de treinta (30) dias sin autorizacion del respectivo concejo, desde el mes de febrero de 1999, tal como consta del certificado del 30 de noviembre de 1999, expedido por la jefatura provincial PNP de Acobamba en el que consta que MORDAZA MORDAZA Ceras no es MORDAZA desde hace un ano aproximadamente en el domicilio que tiene conocido en el centro poblado menor de Huanccallaco del distrito en referencia, conforme aparece a fojas 60; y, la certificacion del 26 de noviembre de 1999, expedida por el gobernador del distrito de MORDAZA MORDAZA en la cual consta que el referido regidor no es MORDAZA en el distrito desde el mes de febrero de 1999, como se aprecia a fojas 61. Por tanto, el citado regidor se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de regidores, estos son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Acobamba, corresponde asumir el cargo de regidora a MORDAZA Nerida Asorza MORDAZA, candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA Nerida Asorza MORDAZA, candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, por vacancia de MORDAZA MORDAZA Ceras, para completar el periodo 1999 - 2002. Articulo Segundo.- Otorgar la correspondiente credencial a MORDAZA Nerida Asorza Pino. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 2742 RESOLUCION Nº 283-2000-JNE MORDAZA, 6 de marzo de 2000 VISTO: El oficio Nº 014-2000-A-MDEA recibido el 26 de enero del 2000, del senor MORDAZA de la municipalidad distrital de El Alto, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, que informa la declaratoria de vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por fallecimiento y solicita que se convoque al regidor suplente conforme a ley. Asimismo el oficio Nº 0472000-JA-MDEA, recibido el 23 de febrero del 2000, que remite el acuerdo que declara la vacancia del cargo, del mencionado regidor; y, CONSIDERANDO: Que de autos aparece que el concejo distrital de El Alto, con fecha 17 de febrero del 2000, mediante acuerdo de concejo Nº 0012000-A-MDEA, declaro la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por fallecimiento, tal como consta a fojas 8; Que el MORDAZA se acredita con el certificado de defuncion que obra a fojas 4 y 5, en el que aparece que el mencionado senor MORDAZA MORDAZA, fallecio en el distrito de El Alto, el 5 de enero del 2000; Que de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de un regidor, lo reemplaza el regidor suplente de la lista respectiva; Revisadas las listas de candidatos remitidas el ano de 1998, por el MORDAZA Especial de Talara, corresponde asumir el cargo a MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Cabagnero candidata no proclamada integrante de la lista independiente Reconstruccion Efectiva, a quien se le debera expedir la credencial respectiva; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Cabagnero candidata no proclamada de la lista independiente Reconstruccion Efectiva, para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de El Alto, provincia de Talara, en reemplazo de don MORDAZA MORDAZA Galan. Articulo Segundo.- Otorgar la credencial respectiva a la regidora convocada, quien debera jurar el cargo y completar el periodo municipal 1999 - 2002, conforme a ley.

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidor en los Concejos Distritales de MORDAZA MORDAZA, El Alto y Jacas Chico
RESOLUCION Nº 281-2000-JNE MORDAZA, 6 de marzo de 2000 Visto, el oficio Nº 005-00-AAL-MDCE, recibido el 18 de febrero del 2000, remitido por MORDAZA Cuya MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, quien comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor que desempena MORDAZA MORDAZA Ceras, por encontrarse ausente de la circunscripcion del distrito por mas de 30 dias sin la autorizacion del concejo; y, solicita se nombre al reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, de autos aparece que el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria del 13 de diciembre de 1999, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; cinco votos a favor de un total de seis integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA Ceras, por estar incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, conforme consta a fojas 63; ademas, el regidor vacado ha sido notificado del acuerdo que declara la vacancia de

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