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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2000 (12/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 184596 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de marzo de 2000 En uso de las facultades conferidas en la normatividad vigente; RESUELVE: Primero.- APROBAR el ROL DE VISITAS JUDI- CIALES ORDINARIAS que como anexo forma parte de la presente Resolución, a realizarse en las sedes de las Oficinas Distritales de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia de la República para el Año Judicial 2000, cuya variación del indicado Rol para el cumplimento de las referidas visitas estarían sujetas a las necesidades del servicio y a las coordinaciones efectuadas con la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial. Segundo.- DISPONER que las Visitas Judiciales Ordinarias y Extraordinarias se realicen por los Magis- trados Contralores pertenecientes a la Unidad de Super- visión y Proyectos, sin perjuicio de la habilitación de los Magistrados y Auxiliares Administrativos de las distintas áreas de la OCMA en razón de la necesidad del servicio. Tercero.- AUTORIZAR al Magistrado de Segunda Instancia, Jefe de la Unidad de Supervisión y Proyectos, disponga realice las Visitas Judiciales Extraordinarias en los Organos Jurisdiccionales que estime pertinente; dan- do cuenta previa a la Jefatura Suprema. Cuarto.- AUTORIZAR al Magistrado de Segunda Instancia, Jefe de la Unidad de Supervisión y Proyectos, para que en su condición de tal y acompañado del Equipo de Magistrados Contralores OCMA que conformen las comisiones de visita, absuelvan, transmitan y orienten los alcances del criterio contralor que el Organo de Dirección Contralor en coordinación con el Organo de Gobierno y Gestión lleva a cabo en todas las Instancias Jurisdicciona- les y administrativas del Poder Judicial. Quinto.- DISPONER se cursen por Trámite Docu- mentario las comunicaciones correspondientes a la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial, Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Cortes Superiores de la República, Ministerio Público, Congreso de la República, Defensoría del Pueblo, Consejo Nacional de la Magistratura, Asociación Nacional de Magistrados y Colegios de Abogados de los Distritos Judiciales de la República. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NELSON REYES RIOS Vocal de la Corte Suprema de Justicia de la República Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial ANEXO RESOLUCION Nº 006-2000-J-OCMA-PJ ROL DE VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS AÑO JUDICIAL 2000 MES ODICMA MARZO CAÑETE HUAURA DEL SANTA ABRIL ICA HUANUCO JUNIN MAYO AYACUCHO AREQUIPA TACNA- MOQUEGUA JUNIO HUANCAVELICA PUNO CUSCO JULIO APURIMAC LIMA CALLAO AGOSTO CONO NORTE LA LIBERTAD CAJAMARCASETIEMBRE ANCASH LAMBAYEQUE AMAZONAS OCTUBRE PIURA TUMBES LORETO NOVIEMBRE SAN MARTIN UCAYALI 2936 ADUANAS FE DE ERRATAS RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Nº 000 ADT/2000-000612 Por Oficio Nº 159-2000-ADUANAS/INTA, la Superin- tendencia Nacional de Aduanas solicita se publique Fe de Erratas del Procedimiento Específico INTA-PE.08.01, aprobado mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/2000-000612 y publicado en nuestra edición del día 8 de marzo de 2000, en la página 184468. En la pág 184469; DICE: IV. VIGENCIA A partir del DEBE DECIR: IV. VIGENCIA A partir del 13 de marzo 2941 CONSUCODE Relación de proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones en el mes de febrero del año 2000 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 063-2000-CONSUCODE/PRE San Isidro, 7 de marzo del 2000 VISTO: El Memorándum Nº 035-2000-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicación del Listado de Inhabi- litados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 8º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relación de inhabilitados para con- tratar con el Estado; Que, el Artículo 186º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98- PCM, establece que el Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, publica- rá mensualmente la relación de proveedores, postores o contratistas que, en ese período, hayan sido sancionados con inhabilitación para contratar con el Estado; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Regis- tros respecto de los proveedores, postores o contratistas