Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2000 (12/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 12 de marzo de 2000

deberan cumplir lo dispuesto por la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por el Peru mediante Decreto Legislativo Nº 25278 el 3 de agosto de 1990. Articulo 4º.- Son funciones de la Defensoria Municipal del MORDAZA y el Adolescente las siguientes: a) Conocer la situacion de los ninos y adolescentes que se encuentran en instituciones publicas y privadas. b) Intervenir cuando se encuentren en conflicto sus derechos para hacer prevalecer su interes superior. c) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares, para lo cual podran efectuar conciliaciones entre conyuges, padres y familiares, fijando normas de comportamiento, alimento, colocacion familiar provisional, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias. d) Promover el reconocimiento voluntario de las filiaciones. e) Orientar programas de atencion en beneficio de los ninos y adolescentes que trabajan. f) Brindar atencion, multidisciplinaria y a la familia para prevenir situaciones criticas. g) Impulsar las acciones administrativas de los ninos y adolescentes institucionalizados. h) Presentar denuncias ante las autoridades competentes por faltas y delitos en agravio de los ninos y adolescentes e intervenir en su defensa. (D.L. Articulo 48º). Articulo 5º.- ENCARGUESE a la Defensoria abrir y llevar los libros de Registro y Autorizacion de Trabajo de los adolescentes que realizan trabajo independiente o por cuenta propia. Articulo 6º.- Los organismos de linea, apoyo y asesoramiento prestaran el apoyo que requiera la Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente para el mejor cumplimiento de sus funciones. Articulo 7º.- El egreso que origine la creacion y funcionamiento de la Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente sera afectado al presupuesto institucional de apertura 2000 de la Municipalidad. Articulo 8º.- El funcionario que se designe para ocupar el cargo de Jefe de la Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente elaborara el Manual de Organizacion y Funciones en concordancia con el Decreto Ley Nº 26102 y disposiciones complementarias. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2950

economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, el mismo numeral constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal, la funcion normativa en los asuntos de su competencia, ademas de la funcion fiscalizadora de los actos de la Administracion Municipal; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros instrumentos, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad con lo prescrito por el Art. 200º, Inc. 4) de la Constitucion Politica del Estado, tienen rango de Ley: "Leyes, Decretos Legislativos, Decretos de Urgencia, Tratados, Reglamentos del Congreso, Normas Regionales de caracter general y Ordenanzas Municipales"; Que, la Municipalidad debe prestar un servicio adecuado a la poblacion y a los contribuyentes; por lo mismo, su personal debe contar con la suficiente capacidad para que sus servicios MORDAZA eficientes y eficaces; por lo cual es importante la capacitacion y la evaluacion permanentes; Que, de acuerdo al Art. 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, las Ordenanzas son normas generales que regulan la organizacion, administracion o prestacion de servicios publicos o locales, el cumplimiento de las funciones generales o especificas de las Municipalidades; Que, de otro lado, el Art. 1º del Decreto Ley Nº 26093, dispone que los titulares de las entidades publicas facultadas deben cumplir con efectuar semestralmente programas de evaluacion personal, de acuerdo a las normas que para tal efecto se establezcan; autorizandose a los referidos Titulares a dictar las medidas necesarias para la correcta aplicacion de dicho dispositivo; Que, en este orden, es necesario normar, en un regimen de igualdad con los demas organismos del Sector Publico, en concordancia con el Art. 52º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que senala que los funcionarios, empleados y obreros, asi como el personal de vigilancia de las Municipalidades son servidores publicos sujetos exclusivamente al regimen laboral de la actividad publica y tienen los mismos deberes y derechos de los del Gobierno Central; que la Municipalidad Provincial de Yunguyo realice evaluaciones semestrales a su personal, a los efectos de determinar su potencial individual, su nivel de preparacion, su record de rendimiento, su actitud y compromiso frente a las responsabilidades y tareas que les corresponde, asi como su contribucion real y efectiva al logro de los fines y objetivos de la Institucion; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 191º, MORDAZA parrafo de la Constitucion, concordante con el Art. 110º de la Ley Organica de las Municipalidades; se aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo 1º.- Disponer que el Titular de la Municipalidad Provincial de Yunguyo, cumpla con efectuar semestralmente evaluaciones de personal, de acuerdo a las medidas que para tal efecto establezca. Articulo 2º.- Autorizase al senor MORDAZA designar la Comision de Evaluacion y a dictar las normas necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- El personal que de acuerdo a lo dispuesto en el articulo anterior no califique, podra ser cesado por causal de excedencia, o a peticion de parte ser reubicado en otra area que requiera sus servicios. Articulo 4º.- El personal que se niegue a ser evaluado o no concurra a rendir las pruebas de evaluacion respectivas, podra ser cesado por causal de excedencia, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria que le corresponde. Articulo 5º.- Publiquese la presente Ordenanza por el Diario Oficial El Peruano. POR LO TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2938

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO
Autorizan realizar programas de evaluacion a servidores de la municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2000-MPY Yunguyo, 23 de febrero del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Yunguyo en Sesion Ordinaria de fecha 16 de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 191º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica,

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