Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2000 (12/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 12 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- DISPONER, que la Inscripcion de la Subdivision ante la Oficina de Registros Publicos de MORDAZA y Callao proceda cuando el titular del tramite cumpla con abonar los derechos de inscripcion ante dicho Registro. Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Oficina de Registros de MORDAZA y Callao para la inscripcion correspondiente, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Direccion de Desarrollo MORDAZA 2942

Articulo Tercero.- DISPONER la ejecucion de las acciones para el cumplimiento de las Normas sobre ejecucion de los recursos destinados al Programa del Vaso de Leche de acuerdo a los lineamientos expuestos en la R.D. Nº 046-99-EF/76.01. Articulo Cuarto.- DETERMINAR que el periodo de vigencia para la designacion del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Lurin, precisada en el Articulo Primero del presente acuerdo corresponde al ejercicio fiscal Ano 2000. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 2288

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Designan miembros del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2000/ML Lurin, 18 de febrero del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion de Concejo Extraordinaria, celebrada el dia viernes 18 de febrero del 2000, en el Salon de Sesiones de Palacio Municipal, en virtud de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2000-EF/ 76.01 para la Ejecucion y Control de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales Ano Fiscal 2000, aprobado los recursos destinados al Programa del Vaso de Leche, en aplicacion al Art. 4º de la Ley Nº 26637 debe formarse un Comite de Administracion Municipal; Como consecuencia del MORDAZA de Desconcentracion Administrativa es necesario comprender tambien a representantes de las Agencias Municipales y de los Comites del Programa del Vaso de Leche de las zonas del distrito; Por estas consideraciones el Concejo Municipal contando con el MORDAZA unanime de los senores regidores presentes y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas; ACORDO: Articulo Primero.- DESIGNAR al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Lurin, que estara integrado por las siguientes personas: - El senor MORDAZA, quien lo presidira. - El Director de Administracion General. - La Presidenta del Comite Distrital de Administracion del Programa del Vaso de Leche. - La Tesorera del Comite Distrital de Administracion del Programa del Vaso de Leche. Articulo Segundo.- COMPRENDER a los Administradores de las Agencias Municipales de las 05 Zonas de la Municipalidad de Lurin, en la responsabilidad por la Administracion del Programa del Vaso de Leche, contando asimismo con la fiscalizacion de los respectivos regidores de cada zona.

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan transferir inmueble a la Policia Nacional del Peru
ACUERDO DE CONCEJO Nº 06 Miraflores, 23 de febrero de 2000 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica en su Articulo 191º establece que las Municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que conforme a lo dispuesto en el inciso 2) del Articulo 192º de la Constitucion, las Municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, entre los que se encuentran los inmuebles de su propiedad en general; Que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que el bienestar de la comunidad miraflorina depende tambien de la seguridad ciudadana y del resguardo de su patrimonio; Que el Articulo 12º de la Ordenanza Nº 097-96 de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, establece que solo se puede celebrar contratos de comodato con personas juridicas que no tengan fines de lucro, y cuyo objeto social sea compatible con los fines que la Ley Organica de Municipalidades establece para los organos de gobierno local; Que la Policia Nacional del Peru es una institucion sin fines de lucro cuya finalidad fundamental es mantener y restablecer el orden interno y prestar proteccion y ayuda a la comunidad; Que es proposito de esta gestion municipal priorizar los aspectos de seguridad ciudadana y ayuda a la comunidad, por lo que tiene previsto la suscripcion de un convenio con la Policia Nacional del Peru para la instalacion en el distrito de Miraflores de una Unidad de Patrullaje Motorizado; Que para posibilitar la instalacion de dicha Unidad de Patrullaje, los Alcaldes de la Municipalidad de Miraflores y de Surquillo han convenido proponer a sus respectivos Concejos, copropietarios del inmueble, la entrega a la Policia Nacional del Peru del inmueble de 2060 m2, el mismo que esta ubicado a la altura de la cuadra 56 de la Av. Republica de Panama;

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