Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2000 (12/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2000

Articulo 1º.- Hasta el 31 de MORDAZA del 2000, los titulares de actividades industriales en los rubros papel, curtiembre, cerveza y cemento, a nivel nacional; deberan presentar al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, un Informe Ambiental de sus operaciones, en el formato aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 108-99-ITINCI/DM, dirigido a la Direccion de Asuntos Normativos de la Direccion Nacional de Industrias. Articulo 2º.- Tratandose de empresas de los rubros MORDAZA mencionados, ubicadas fuera del departamento de MORDAZA, podran presentar su respectivo Informe Ambiental a las Direcciones Regionales de Industria y Turismo segun la ubicacion que les corresponda, dichas Direcciones remitiran los informes recibidos al MITINCI, dentro del plazo de tres dias utiles de presentados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 5212

Otorgan autorizacion a empresas para explotar juegos de maquinas tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 112-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003010-2000-MITINCI, presentado por la empresa INVERSIONES DREAM S.A. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en el establecimiento denominado "Bingo Garden" ubicado en el Centro Comercial Residencial San MORDAZA, tiendas Nº s.76, 77, 78, 79, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; el Informe Legal Nº 1332000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/a.g.; el Informe Economico Financiero Nº 007-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/LAT. y el Informe Tecnico Nº 040-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DE-JCMT/AT-h.r.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de febrero del 2000 la empresa INVERSIONES DREAM S.A. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Bingo Garden", ubicado en el Centro Comercial San MORDAZA, tiendas Nºs. 76, 77, 78, 79, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 003010-2000MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES DREAM S.A. la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Bingo Gar-

den", con giro principal de funcionamiento correspondiente a Sala de Juego de Bingo, ubicado en el Centro Comercial San MORDAZA, tiendas Nºs. 76, 77, 78, 79, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES DREAM S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Ciento Veinte (120) maquinas tragamonedas y Ciento Veinte (120) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa INVERSIONES DREAM S.A. se encontraba autorizada para explotar juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23° de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30° del Decreto Supremo Nº 001-2000ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa INVERSIONES DREAM S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 5218 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 113-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 013364-99-MITINCI, presentado por la empresa GOLDEN GAMING S.A. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en el establecimiento denominado "La Hacienda Hotel & Casino" ubicado en la Avda. 28 de MORDAZA Nº 511, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; el Informe Legal Nº 132-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/a.g.; el Informe Economico Financiero Nº 002-2000MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/LAT. y el Informe Tecnico Nº 068-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/AT-h.r.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de noviembre de 1999 la empresa GOLDEN GAMING S.A. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "La Hacienda Hotel & Casino", ubicado en la Avda. 28 de MORDAZA Nº 511, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados. Que, de la evaluacion del Expediente Nº 013364-99MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa

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