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Pág. 186527 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de mayo de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5207 Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en las rutas Huancayo-Campo Armiño y Huancavelica-Ayacucho RESOLUCION DIRECTORAL Nº 597-2000-MTC/15.18 Lima, 24 de abril de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00894010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES "TIC- LLAS" S.A.C., sobre Concesión de Ruta: HUANCAYO - CAMPO ARMIÑO (HUANCAVELICA) y Viceversa e Infor- me Técnico Nº 285-2000-MTC/15.18.04.1.SCG. de la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Inter- nacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indi- cado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: HUANCAYO - CAMPO ARMIÑO (HUANCAVELI- CA) y Viceversa, al amparo de lo establecido en el Regla- mento del Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 285-2000-MTC/15.18.04.1.SCG., se concluye que la referida empresa cumple con los requisi- tos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99- MTC, recomendándose la procedencia del pedido formula- do; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES "TICLLAS" S.A.C., la concesión de la ruta: HUANCAYO - CAMPO ARMIÑO (HUANCAVELICA) y Viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :HUANCAYO - CAMPO AR- MIÑO (HUANCAVELICA) y Viceversa ORIGEN :HUANCAYO DESTINO :CAMPO ARMIÑO ITINERARIO :IMPERIAL - PAMPAS - CAR- PAPATA - COLCABAMBA FRECUENCIA :Una diaria FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: UP-3659 (1991), UI-3126 (1987) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UM-1091 (1988) HORARIOS :Salida de Huancayo: A las 06.30 horas. Salida de Campo Armiño: A las 06.00 horas. La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados.Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Reso- lución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 5252 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 598-2000-MTC/15.18 Lima, 24 de abril de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00893010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES "TIC- LLAS" S.A.C., sobre Concesión de Ruta: HUANCAVELICA - AYACUCHO y Viceversa e Informe Técnico Nº 275-2000- MTC/15.18.04.1.SCG. de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indi- cado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: HUANCAVELICA - AYACUCHO y Viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 275-2000-MTC/15.18.04.1.SCG., se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la proceden- cia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES "TICLLAS" S.A.C., la concesión de la ruta: HUANCAVELICA - AYACUCHO y Viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Ca- rretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, conta- dos a partir de la fecha de expedición de la presente Resolu- ción, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :HUANCAVELICA - AYACU- CHO y Viceversa ORIGEN :HUANCAVELICA DESTINO :AYACUCHO ITINERARIO :CASTROVIRREYNA - HUA- YTARA - RUMICHACA FRECUENCIA :Una diaria FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: UP-3662 (1991), UI-4299 (1988) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UP-2820 (1981) HORARIOS :Salida de Huancavelica: A las 06.00 horas. Salida de Ayacucho: A las 06.00 horas.