TEXTO PAGINA: 47
Pág. 194653 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de noviembre de 2000 Canches Guevara, por haber acumulado siete (7) inasis- tencias injustificadas en el mes de junio del presente año, siendo reincidente en este tipo de falta; Que, del descargo presentado por el servidor Lucio Noé Canches Guevara, los miembros de la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios llegaron a la conclusión que la documentación presentada no desvir- túa los cargos imputados, razón por la cual el servidor procesado ha incumplido lo dispuesto en los incisos a) y c) del Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público; asimismo, ha cometido faltas de carácter disciplinario tipificadas en los incisos a) y k) del Artículo 28º de la norma legal acotada, por lo que acordaron por unanimidad recomendar la impo- sición de la sanción de destitución; De conformidad con el Artículo 159º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER LA SANCION DE DESTI- TUCION al servidor obrero LUCIO NOE CANCHES GUEVARA, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente Resolución, la que se efectivizará a partir del día siguiente de la notificación de la Resolución. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Unidad de Personal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR la Resolución al servi- dor sancionado, con copia a su Legajo Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 12632 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Modifican estructura orgánica de la Municipalidad EDICTO Nº 02-MSS Santiago de Surco, 31 de octubre de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santiago de Surco en Sesión Extraordinaria de la fecha; visto el Dictamen Nº 101- 2000-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dicta- men Nº 029-2000-CEPP/MSS de la Comisión de Econo- mía, Planificación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipa- lidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es competencia de las Municipalidades acordar su régimen de organización interior conforme al numeral 1) del Artículo 192º de la norma constitucional; Que, es necesario modificar la estructura orgánica de la municipalidad a fin de adecuarla a los nuevos linea- mientos de orden administrativo; Que, mediante Informes Nº 1628-2000-OAJ-MSS y Nº 204-2000-OPP-MSS de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Planificación y Presupuesto respectivamen- te, refrendados por la Dirección Municipal, se señala que es procedente la modificación de la estructura orgánica, ya que según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, éstas poseen compe- tencia de regulación interna; en concordancia con laLey Nº 26703 modificada por la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Que, dicha modificación importa la eliminación, crea- ción, reubicación y modificación de denominación de Di- recciones, Oficinas, Subdirecciones y/o Unidades, como órganos de apoyo, asesoramiento y línea; Estando a lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 36º y el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aproba- ción del Acta, por Unanimidad, aprobó el siguiente; EDICTO Artículo Primero.- Reubíquese a la Subdirección de Registros Civiles y Cementerio como órgano dependiente de Secretaria General, con la denominación de Unidad de Registros Civiles. Artículo Segundo.- Modifíquese la denominación de las siguientes Direcciones y Oficinas: 1) Dirección de Servicios Básicos por la de Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. 2) Dirección de Servicios Comunales por la de Direc- ción de Bienestar Social y Desarrollo Humano. 3) Oficina de Administración por la de Oficina de Administración y Finanzas. 4) Oficina de Informática por la de Oficina de Siste- mas. Artículo Tercero.- Créese la Unidad de Organiza- ción y Métodos como órgano dependiente de la Oficina de Sistemas; modifíquese la denominación de la Unidad de Proyectos, dependiente de esta Oficina, por la de Unidad de Desarrollo de Sistemas. Artículo Cuarto.- Suprímase la Unidad de Finanzas, cuyas funciones serán asumidas por la Oficina de Admi- nistración, cuya denominación se modifica por la de Ofi- cina de Administración y Finanzas; modifíquese la deno- minación de la Unidad de Abastecimiento, dependiente de esta Oficina, por la de Unidad de Logística. Artículo Quinto.- Modifíquese la denominación de la Unidad de Racionalización y Estadística, dependiente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, por la de Uni- dad de Estudios Económicos y Estadística. Artículo Sexto.- Créese la Subdirección de Conserva- ción de Infraestructura Urbana como órgano dependiente de la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente; trasládese de la Dirección de Desarrollo Urbano a la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, a la Subdirección de Medio Ambiente como órgano dependien- te de esta Dirección, modificándose su denominación por la de Subdirección de Control Ambiental. Artículo Séptimo.- Modifíquese la denominación de la Subdirección de Asentamientos Humanos, dependien- te de la Dirección de Desarrollo Urbano, por la de Subdi- rección de Consolidación Urbana. Artículo Octavo.- Créese la Subdirección de Servicio Social como órgano dependiente de la Dirección de Bienestar Social y Desarrollo Humano, la misma que asumirá las funciones del Cementerio Municipal. Artículo Noveno.- Ratifíquese la estructura orgáni- ca anterior aprobada mediante Edictos Nº 03-97-E-MSS y Nº 01-99-MSS en todos los demás extremos. Artículo Décimo.- Autorícese para que mediante Resolución de Alcaldía se modifique el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organiza- ción y Funciones (MOF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), en concordancia con los cambios introdu- cidos en el presente edicto que modifica la estructura orgánica. Artículo Décimo Primero.- Derogar las normas municipales del distrito, que se opongan al presente Edicto. Artículo Décimo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal, Secretaría General y Oficina de Planificación y Presupuesto el cumplimiento del presente Edicto. Artículo Décimo Tercero.- El presente Edicto en- trará en vigencia a partir del 1 de enero del 2001. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde