Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2000 (08/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de noviembre de 2000
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 875-2000-MITINCI/VMT/DNT

Si alguno de los documentos presentados requiriese de una aclaracion o ampliacion en cuanto a su formalidad o contenido, o cuando se considere necesario que el establecimiento subsane una falta, se otorgara al interesado un plazo no mayor de quince (15) dias habiles para subsanar la observacion. Transcurrido el plazo indicado en los items 1) y 2), sin que la autoridad competente emita pronunciamiento alguno, operara el silencio administrativo negativo, pudiendo el interesado apelar a las instancias correspondientes. En el caso de delegacion de facultades para clasificar y categorizar, en el convenio de delegacion de facultades se establecera las autoridades que resolveran los recursos impugnativos respectivos." Articulo 5º.- Modifiquese la Primera Disposicion Transitoria Final, la misma que tendra el texto siguiente: "En el caso de adecuaciones, los establecimientos podran ser exceptuados de los requisitos relacionados con la infraestructura del local que se senalan en el presente Reglamento, solo cuando el Consultor en Turismo adjunte un Informe emitido por un Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado que sustente la imposibilidad fisica de efectuar las modificaciones necesarias para tal efecto. En estos casos, el margen de tolerancia no podra exceder en 10% del minimo exigido para cada categoria, o del 20% si las areas que son menores estan compensadas con otras areas de uso de los huespedes, pero necesariamente deberan cumplir con los demas requisitos exigidos por este Reglamento. Los porcentajes de tolerancia y compensacion no seran acumulables." Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 12852

MORDAZA, 30 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 001810-2000-MITINCI presentado por la empresa RICH & CIA S.A.C. solicitando autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas y los Informes Tecnico Nº 149-2000-DEJCMT/EB, Financiero Nº 168-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 228-2000-MITINCI/VMT/DNT-DEJCMT-DAR-CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluacion de la informacion presentada por la solicitante se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa RICH & CIA S.A.C. la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "Rich House", ubicada en el MORDAZA Ucayali Nº 548-554; distrito, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa RICH & CIA S.A.C. a explotar ciento veinte (120) maquinas tragamonedas y seiscientos sesenticinco (665) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas, tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde el dia de su publicacion hasta el 31 de diciembre del 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12756 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 882-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 30 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002934-2000-MITINCI presentado por la empresa MORDAZA MORDAZA S.A., solicitando autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas y los Informes Tecnico Nº 140-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/AT-FAP, Financiero Nº 170-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 304-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DEJCMT/DAR-MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluacion de la informacion presentada por la solicitante, se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MORDAZA MORDAZA S.A. la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "Apolo" ubicada en Av. Aviacion Nº 2482, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa MORDAZA MORDAZA S.A. a explotar 101 (ciento y una) maquinas tragamonedas y 472 (cuatrocientos setentidos) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los anexos I y II de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde el dia de su publicacion hasta el 31 de diciembre de 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12760

Autorizan a Inversiones Las Vegas S.A., Rich & Cia S.A.C. y MORDAZA MORDAZA S.A. la explotacion de maquinas tragamonedas en establecimientos ubicados en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 874-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 30 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003062-2000-MITINCI presentado por la empresa INVERSIONES LAS VEGAS S.A., solicitando autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas y los Informes Tecnico Nº 007-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/ AT-FAP, Financiero Nº 169-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 2992000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluacion de la informacion presentada por la solicitante, se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES LAS VEGAS S.A. la explotacion de maquinas tragamonedas en el Bingo "Las Vegas" ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 131, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES LAS VEGAS S.A. a explotar 79 (setentinueve) maquinas tragamonedas y 436 (cuatrocientas treintiseis) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los anexos I y II de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde el dia de su publicacion hasta el 31 de diciembre de 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12755

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