Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2000 (12/11/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 194926

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 12 de noviembre de 2000

de la entidad deben centralizarse y ponerse a disposicion de la Tesoreria. Igualmente vulnera el Art. 49º literal b) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao aprobado por Edicto Nº 000002 de fecha 17 de MORDAZA de 1995, que senala como funcion de esta, la recepcion de los ingresos de fondos por rentas y tributos recaudados por la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas y demas organos de la Municipalidad generadores de ingresos . Que el Art. 28º inc. h) del D.Leg. N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa tipifica y sanciona el "El abuso de autoridad, la prevaricacion o el uso de la funcion con fines de lucro" , falta imputable a MORDAZA SUSY BARDALEZ MORDAZA, cuya gravedad debe evaluarse en funcion de las circunstancias en que se cometio, la forma de comision y la participacion de uno o mas servidores en la misma; Que, igualmente, la deteccion de 88 copias de Recibos por Honorarios Profesionales emitidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Registro Unico de Contribuyente Nº 29637865, locadora de la Municipalidad bajo contrato por Servicios No Personales en la Direccion de Ejecucion Coactiva, por el periodo comprendido entre el 24 de Marzo y el 23 de MORDAZA de 1999, a fojas (200-113), por concepto de cobranza de Diligencias-Actuaciones Judiciales, Gastos de Diligencia, Diligencia-Intervencion, Gastos de Cancelacion de Expedientes, entre otros, efectuada a distintos contribuyentes de la Provincia Constitucional del Callao con expedientes coactivos en giro, ascendentes a un importe total de S/. 8,141.50, 16 copias de Recibos por Honorarios Profesionales emitidos por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Registro Unico de Contribuyente Nº19443469, autodenominado interventor segun la informacion impresa, pero sin vinculo laboral ni civil con la Municipalidad, por el periodo comprendido entre el 18 de enero y el 4 de agosto de 1999, a fojas (112-105), 13 copias de Recibos por Honorarios Profesionales emitidos por don MORDAZA E. Guidiche MORDAZA, con Registro Unico de Contribuyente Nº 21169528, sin vinculo laboral ni civil con la Municipalidad, por el periodo comprendido entre el 16 de Enero y 8 de Junio de 1999, a fojas (95-89), 17 Fotocopias de Recibos por Honorarios Profesionales emitidos por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Registro Unico de Contribuyente Nº 20722347, sin vinculo laboral ni civil con la Municipalidad, por el periodo comprendido entre el 08 de Enero y 5 de Agosto de 1999, a fojas (105-96) que acreditan el pago por concepto de Costas Procesales efectuado por la contribuyente MORDAZA MORDAZA Leveriano Brancacho, por un monto total S/. 1,410.00, evidencian que no ha existido el debido control de legalidad de parte de la funcionaria a cargo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA UZULIAGA MORDAZA, Directora de Ejecucion Coactiva, quien no vigilo adecuadamente la observancia del ordenamiento legal vigente en los actos y procedimientos propios de su area, inobservando por ende, el MORDAZA de legalidad contenido en el Art.3 del Titulo Preliminar de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos sancionado por Ley 26654, traducido en la contravencion de los Articulos 7º, 10º, 26º y 33º de la Ley 26979 asi como la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria y Primera, MORDAZA y Tercera Disposiciones Finales de la misma. Que el Art. 28º inc. d) del D.Leg. 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa tipifica y sanciona "la negligencia en el desempeno de las funciones", falta imputable a MORDAZA MORDAZA MORDAZA UZULIAGA MORDAZA, cuya gravedad debe evaluarse considerando que la falta es tanto mas grave cuanto mas elevado sea el nivel del servidor que la ha cometido, y en funcion de las circunstancias en que se cometio, la forma de comision y la participacion de uno o mas servidores en la misma; Que dicha captacion de fondos ilegal, agravada por el hecho de que el dinero recaudado no habria ingresado a la Tesoreria Municipal, evidencia que se habria sorprendido a los Obligados con una exaccion en provecho, en MORDAZA, de los emisores de los recibos girados, situacion que demanda de la Municipalidad constituirse en titular del bien juridico vulnerado o puesto en peligro, sin embargo vista la denuncia del Director General de Administracion Tributaria y Ren-

tas en torno a la participacion concertada y organizada en estos hechos, de los Auxiliares Coactivos: Susy Bardalez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inducidos por MORDAZA MORDAZA Uzuliaga MORDAZA, y en concierto con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Nunez MORDAZA, MORDAZA Paz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Giudiche MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, basado en la comprobacion que los recibos emitidos no obran en los expedientes coactivos que debian sustentarlos y en las declaraciones atribuidas a los implicados, es imperativo asimismo, establecer la responsabilidad administrativa de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el llenado de recibos emitidos por MORDAZA Susy Bardalez MORDAZA y de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el conocimiento de los hechos, respectivamente, imputandoseles negligencia en el desempeno de las funciones de acuerdo al Art.28º inc. d) del D.Leg.276 cuya gravedad debe evaluarse en funcion de las circunstancias en que se cometio, la forma de comision y la participacion de uno o mas servidores en la misma; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 166º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, es procedente instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a MORDAZA MORDAZA UZULIAGA MORDAZA, a MORDAZA SUSY BARDALEZ MORDAZA, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a don MORDAZA MORDAZA PEREZ; Estando a las recomendaciones de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con las visaciones de la Direccion Municipal, Direccion General de Asesoria Juridica y Direccion de Personal, y en uso de las atribuciones conferidas al senor MORDAZA en el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR, MORDAZA Administrativo Disciplinario a MORDAZA MORDAZA UZULIAGA MORDAZA Codigo 516 Directora de la Direccion de Ejecucion Coactiva, Nivel (F-2), a MORDAZA SUSY BARDALEZ MORDAZA Codigo 752 Auxiliar Coactivo, Sub Directora, Nivel (F-1), a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Codigo 753, Auxiliar Coactivo Sub Directora, Nivel (F-1), y a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Codigo 664 , Auxiliar Coactivo Sub Director, Nivel (F-1), de la Direccion de Ejecucion Coactiva dependiente de la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DESPLAZAR, a MORDAZA MORDAZA UZULIAGA MORDAZA y a MORDAZA SUSY BARDALEZ MORDAZA, a la Direccion de Personal a fin de que se les asigne a las areas que correspondan segun su profesion y nivel, mientras dure el MORDAZA Administrativo correspondiente. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion General de Asesoria Juridica, se constituya en titular de la accion penal contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Giudiche MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y quienes resulten responsables de los hechos denunciados. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR, a los interesados para que dentro del termino de CINCO (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion presenten su descargo y las pruebas que crean conveniente en su defensa. Articulo Quinto.- MORDAZA de la presente resolucion sera insertada en el respectivo legal personal de los citados funcionarios. Registrese, Comuniquese MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 12994

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.