Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2000 (12/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 12 de noviembre de 2000
CODIGO A-81 A-82 A-83 A-84 A-85 A-86 DESCRIPCION DE LA INFRACCION

NORMAS LEGALES
VIV PROPORCION DE LA UIT COM/SER 0.03 0.02 0.01 0.02 0.02 0.05 INDUS

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OTRAS ACCIONES

Por conducir sin las luces encendidas en la noche Por no detener el vehiculo cuando sea requerido por la Policia Nacional (fuga) ¨Por carecer de luces intermitentes Por conducir sin el registro unico del distrito de Independencia Por contravenir las demas obligaciones establecidas en el presente reglamento con obstruccion de la via publica Por prestar servicios de transporte menor sin estar autorizados

Internamiento del vehiculo

Internamiento del vehiculo

* Reg. Nac. de Construccion - Ordenanza N° 059 de la Municipalidad de MORDAZA del 30/3/99 Titulo VI de las Infracciones Art. 36º *** Reg. Nac. de Construccion - Regimen Gen. de Construccion para la Prov. de MORDAZA Titulo A Disposiciones Adm. y de Control - Cap II Sanciones 2. DIRECCION DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD 2.1. Division de Limpieza Publica B-01 Arrojo de Residuos organicos, desmonte y poda de jardines a la via publica A.- Utilizando tachos, bolsas, costales, etc. B.- Utilizando vehiculos menores (triciclos, carretillas, etc.) C.- Utilizando vehiculos mayores (volquetes, camiones, etc.) Recolectar y/o Transporte de residuos organicos, desmonte y poda de jardines por vehiculos no autorizados A.- Utilizando vehiculos menores (triciclos, carretillas, etc.) B.- Utilizando vehiculos mayores (volquetes, camiones, etc.) Por arrojar basura, desmonte o poda de jardines a la propiedad de terceros Por no limpiar la fachada, el techo de las viviendas o locales comerciales, industriales y/o de servicios Abandono en la via publica de desechos provenientes de la limpieza de las redes de desague Por arrojar a la via publica residuos especiales y peligrosos (basura de hospitales, industrias, mercados, prod. quimicos) Almacenar residuos solidos en areas ubicadas dentro del perimetro MORDAZA, asi como su transporte para su comercializacion Por segregar la basura en cualquiera de las etapas del servicio de limpieza publica Por ensuciar la via publica al transportar residuos solidos en camiones que no reunen las condiciones adecuadas Arrojar aguas servidas o infectadas en la via publica Por ensuciar la via publica como resultado del comercio ambulatorio, el transporte y actividades sociales Ensuciar la via publica con residuos fisiologicos Por arrojar animales muertos en la via publica o en terrenos sin construir Por quemar basura, follaje o residuos vegetales en la via publica Por quemar basura, follaje o residuos vegetales en el interior del predio Por arrojar residuos solidos a las partes altas del distrito 2.2. Division de Parques y Jardines B-17 B-18 B-19 B-20 B-21 B-22 B-23 B-24 B-25 Por pintarrajear, colocar afiches y otros anuncios en parques, alamedas, puentes, sin Autorizacion Municipal Talar o podar arboles sin Autorizacion Municipal (destruir y generar dano) Por ocupar para uso privado las areas verdes publicas Por danar los puntos de agua instalados en los parques y demas areas verdes Por destruir y/o afectar arboles y plantas de areas verdes o parques publicos Por deteriorar o demoler cercos, bancas y otras obras de infraestructura de parques y demas areas verdes de uso publico Por extraer u ordenar la extraccion de los arboles sin Autorizacion Municipal Por pastar animales en parques y areas verdes publicas, causando destruccion Por realizar actividades deportivas dentro de las areas verdes 2.3. Division de Control del Medio Ambiente. B-26 Producir ruidos nocivos o molestosos, sea cual fuere el origen y lugar (uso de sirenas bocinas, escapes libres, altoparlantes, megafonos, equipo de sonido, silbatos, cohetes petardos y otros) que molesten a la comunidad Funcionamiento de industrias en zonas urbanas que producen ruidos que exceden de 75 decibeles en horario de 7.00 a.m a 22:00 horas y de 60 decibeles en el horario de 22.00 horas a 07:00 horas Los locales comerciales no podran producir ruidos que excedan los 70 decibeles en horario de 7.00 a.m. a 22.00 horas y de 60 decibeles en horario de 22:00 horas a las 07.00 a.m. Por producir ruidos que excedan los 50 decibeles de 7.00 a.m. hasta las 22:00 horas y de 40 decibeles de 22.00 horas a 7.00 a.m. en zonas circundantes hasta 100 mts. de ubicacion de Centros Hospitalarios en general Producir humos, hollines, gases o emanaciones toxicas 0.15 0.10 0.50 0.10 0.10 0.30 0.30 0.05 0.05 0.20 0.20 1.00 0.20 0.20 0.50 0.50 0.05 0.08 0.20 0.20 1.00 0.20 0.20 0.50 0.50 0.05 0.08 Reposicion (5 por cada uno) Reposicion Reposicion (5 por cada uno) Desalojo Borrar pintas retirar afiches 0.05 0.10 0.05 0.10 0.08 0.08 0.05 0.02 0.10 0.15 0.05 0.10 0.15 0.05 0.10 0.15 Comiso Comiso y Denuncia Denuncia e Internamiento

B-02

0.10 0.50 0.04 0.03 0.05 0.60 0.15 0.10

0.10 0.50 0.07 0.05 0.10 0.80 0.40 0.10 0.15 0.10 0.15 0.05 0.15 0.15 0.15 0.08

0.10 0.50 0.07 0.05 0.10 0.80 0.40 0.10 0.15 0.10 0.15 0.05 0.15 0.15 0.15 0.08

Comiso y Denuncia Denuncia e Internamiento Denuncia

B-03 B-04 B-05 B-06 B-07 B-08 B-09 B-10 B-11 B-12 B-13 B-14 B-15 B-16

Retiro y Denuncia Denuncia Retiro y Denuncia Decomiso

0.10

0.20

0.20

B-27

0.20

B-28

0.20

B-29

0.20 0.10

0.30 0.50

0.30 0.50

B-30

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