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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (12/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 194925 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de noviembre de 2000 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Excluyen licitación pública para adqui- sición de software de desarrollo de gestión municipal del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 349-2000-DM-MSS Santiago de Surco, 9 de noviembre de 2000 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 301-2000-OA-MSS, de fecha 3 de octubre del 2000, de la Oficina de Administración, solicitando la modificación del Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, Año 2000, debido a que la Licitación Pública Nº 005-2000-CE-MSS, carece de la correspondiente Cober- tura Presupuestal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 024-99- RDMSS, de fecha 3 de diciembre de 1999, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para la Municipalidad de Santiago de Surco del 2000, y así mismo la conformación de los distintos Comités Especia- les; en el que se encuentra la Licitación Pública Nº 005- 2000-CE-MSS Adquisición de Software de Desarrollo Municipal; Que, con Memorándum Nº 337-2000-OI-MSS, de fe- cha 21 de setiembre del 2000, la Oficina de Informática comunica que el Valor Referencial estimado para la Lici- tación Pública Nº 005-2000-CE-MSS, es de S/. 700,000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido el Im- puesto General a las Ventas - IGV; Que, con Memorándum Nº 539-2000-OPP-MSS, de fecha 26 de setiembre del 2000, la Oficina de Planifi- cación y Presupuesto, comunica la existencia de un saldo Presupuestal para el ejercicio 2000 de S/. 699.00 (Seiscientos Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos Soles), sugiriendo que esta adquisición sea considerada por la Oficina de Informática, en el Presupuesto del año 2001; Que, con Informe Nº 515-2000-Uabast-MSS, de fecha 2 de octubre del 2000, la Unidad de Abastecimiento, hace conocer la existencia de un saldo Presupuestal en la Partida para la Adquisición del Software de Desarrollo de S/. 699.00 (Seiscientos Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos Soles), siendo el Valor Referencial para este proceso de selección de S/. 700,000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), por lo que se hace necesario disponer la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones 2000 de la Municipalidad de Santiago de Surco, excluyendo la Licitación Pública Nº 005-2000-CE-MSS, Adquisición de Software de Desarrollo de Gestión Muni- cipal; Estando a lo informado por la Oficina de Adminis- tración, con Informe Nº 301-2000-OA-MSS, de fecha 3 de octubre del 2000 y proveído de la Dirección Munici- pal en el mismo documento, a fin de este proceso de selección sea considerado para el ejercicio presupues- tal 2001; De conformidad con el Art. 3º del D.S. Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, Año 2000, exclu-yendo la Licitación Pública Nº 005-2000-CE-MSS, para la Adquisición de Software de Desarrollo de Gestión Municipal. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de los miembros del Comité Especial la presente Resolución. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS A. ROBLES RECAVARREN Director Municipal 12990 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Inician procedimiento disciplinario a servidores de la Dirección de Ejecu- ción Coactiva de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000348 Callao, 10 de noviembre de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el Expediente Nº 001-2000-MPC-CEPAD organizado en (270) folios, el Acta de fecha 19 de Junio del 2000 y el Informe Nº 001-2000-MPC/CEPAD de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disci- plinarios. CONSIDERANDO: Que, la detección de 49 copias de Recibos por Honorarios Profesionales emitidos por la actual Auxi- liar Coactivo de la Municipalidad, doña Susy Bardalez Vásquez, con Registro Unico de Contribuyente Nº 26060761, por el período comprendido entre el 04 de enero y el 8 de mayo de 1999 a fojas (249-201), por concepto de C obranza de Costas Procesales a distintos contribuyentes de la Provincia Constitucional del Ca- llao en expedientes coactivos a su cargo, así como también a cargo de otros auxiliares coactivos, ascen- dentes a un importe total de S/. 12,337.93 comprome- ten gravemente a su emisor por cuanto contraviene en forma expresa, el Art.7º numeral 7.3 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, que señala que tratándose de personal rentado por la Municipalidad, se encuentra impedido de percibir co- misiones, porcentajes o participaciones cuyo cálculo se haga en base a los montos recuperados en los procedi- mientos a su cargo , más aún , inobserva la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la cita- da norma concordante con el Art.26º numeral 26.1 de la misma, que sujeta la liquidación del Arancel de Costas Procesales a su aprobación mediante Ordenan- za, norma que no se expidió sino hasta el 22 de julio de 1999 a través de la Ordenanza Municipal Nº 000015, por lo que no se ha ceñido a lo dispuesto por la referida ley, máxime cuando se entiende que la Auxiliar sabía de su vigencia, por haber concursado al cargo que ostenta, en base al conocimiento, entre otros, de dichos preceptos contenidos en la Ley 26979. Además, exis- ten indicios razonables, del muestreo efectuado con los Expedientes Coactivos N°s. 305-P-VE-99, 053-98- JJDM y 0115-P-VE-99, que el dinero recaudado no fue depositado en la Tesorería Municipal, contraviniendo con esta omisión las Normas Generales de Tesorería aprobadas por Resolución Directoral Nº 026-80-EF/ 77-15 en cuyo referencial NGT-01 Unidad de Caja , establece que la totalidad de los recursos financieros