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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (12/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 193900 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 010-98-TR, 028- 98-TR y 609-99-PCM, se designó a los señores Dante Matellini Burga, Atahualpa Arturo Jenssen Rojas, José Quelopana Rázuri y José Luis Harmes Bouroncle como miembros del Comité Especial encargado de determinar y promover los aeropuertos de la República que serán entregados en concesión al sector privado; Que, los mencionados funcionarios han formulado renuncia al cargo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar las renuncias formuladas por los señores Dante Matellini Burga, Atahualpa Arturo Jenssen Ro- jas, José Quelopana Rázuri y José Luis Harmes Bouroncle como miembros del Comité Especial encargado de determinar y pro- mover los aeropuertos de la República que serán entregados en concesión al sector privado, dándoseles las gracias por los servi- cios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 11699 Designan miembros del Comité Espe- cial que estará encargado de determi- nar y promover aeropuertos de la Re- pública que se entregarán en con- cesión al sector privado RESOLUCION SUPREMA Nº 455-2000-PCM Lima, 11 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 458-97-PCM, se cons- tituyó el Comité Especial encargado de determinar y promover los aeropuertos de la República que serán entregados en conce- sión al sector privado; Que mediante Resoluciones Supremas Nºs. 280-98-PCM, 28- 98-TR y 609-99-PCM, se modificó sucesivamente la conforma- ción del referido Comité Especial; Que, encontrándose vacantes los mencionados cargos, es necesario nombrar a los miembros del Comité Especial; Que, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada ha propuesto a las personas que conformarán a partir de la fecha el Comité Especial en cuestión; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y los Decretos Supremos Nºs. 059-96-PCM y 060-96-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como miembros del Comité Especial que estará encargado de determinar y promover los aeropuertos de la República que serán entregados en concesión al sector privado, a las siguientes personas: -Antonio Johamowitz Stafford, quien lo presidirá -Luis Miyahira Higa -José Luis Harmes Bouroncle Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 11700 AGRICULTURA Autorizan adquisición de repuestos y la reparación y mantenimiento de maquinaria pesada y agrícola median- te proceso de adjudicación directa de menor cuantía DECRETO SUPREMO Nº 058-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850 se aprobó la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 19º de la referida Ley contempla los supues- tos de exoneración de Licitación Pública y Concurso Público, estableciendo en el inciso c), que están exoneradas las adquisi- ciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia; Que asimismo mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; Que, el inciso c) del Artículo 44º del Reglamento, establece el procedimiento de adjudicación directa de menor cuantía, es de aplicación en los supuestos de exoneración de los procesos de selección, previstos en el Artículo 19º de la Ley Nº 26850, siendo responsable de dicho proceso la máxima autoridad administra- tiva de la Entidad; Que, el Artículo 21º Ley Nº 26850 considera como situación de urgencia a "aquella en que la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas, o cuando la utilización de licitación o concursos no cumpla función alguna debido a que los bienes no admiten sustitutos, o existiendo sustitutos, éstos pueden afectar negativamente el servicio o proceso productivo"; Que, el Ministerio de Agricultura viene ejecutando trabajos de rehabilitación y reconstrucción del cauce de los ríos y defensas ribereñas a través del Programa de Encauzamiento de Ríos y Protección de Estructuras de Captación - PERPEC, para abaste- cer de agua de riego a las áreas de cultivo en el ámbito nacional y garantizar el normal desarrollo de la presente campaña agrí- cola, siendo necesario para tal fin la adquisición de repuestos, así como la reparación y mantenimiento de maquinaria pesada y agrícola para las Direcciones Regionales Agrarias de: Ancash, Arequipa, Cusco, Ica, Junín, Lambayeque, La Libertad, Lima, Moquegua, Piura, Puno y Tumbes; Que, los plazos establecidos por la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la realización de los Procesos de Selección de Licitación Pública no permitirá atender oportunamente el requerimiento de maquinaria para la ejecución de las obras de rehabilitación, a cargo del Programa de Encauzamiento de Ríos y Protección de Estructuras de Capta- ción - PERPEC; Que, en consecuencia resulta necesario exonerar al Ministe- rio de Agricultura de los requisitos de Licitación Pública, para la adquisición de repuestos, así como la reparación y mantenimien- to de maquinaria pesada y agrícola para las Direcciones Regio- nales Agrarias señaladas en los considerandos anteriores, para atender oportunamente las actividades que se ejecutan en el Programa de Encauzamiento de Ríos y Protección de Estructu- ras de Captación - PERPEC; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Ley Nº 27212 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2000; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárese en situación de urgencia la maqui- naria pesada y agrícola que viene ejecutando trabajos de reha-