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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (12/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 193916 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de octubre de 2000 Facultan transferir a favor de Direccio- nes Regionales y Subregionales de Trabajo y Promoción Social hasta el 90% de ingresos por tasas, multas y otros a que se refiere el D.U. Nº 073-99 RESOLUCION SUPREMA Nº 123-2000-TR Lima, 9 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 073-99 se dispuso que los ingresos que capten las Direcciones Regionales y Subregio- nales de Trabajo y Promoción Social comprendidas en los Conse- jos Transitorios de Administración Regional, por conceptos de tasas y multas establecidas en el Decreto Supremo Nº 046-89-TR y Decreto Supremo Nº 006-99-TR, así como por otros conceptos, constituyen recursos directamente recaudados del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción Social y se destinan a financiar las Actividades y Proyectos de dicho Pliego; Que, conforme se indica en los considerandos del referido Decreto de Urgencia, dicha norma tiene por objeto restituir plenamente al Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción Social, la administración de las indicadas tasas y multas en su condición de entidad de alcance nacional, a efectos que cumpla con sus funciones a nivel de todo el país y asegure una efectiva ejecución de las actividades y proyectos que desarrolla, a través de una adecuada asignación de los citados recursos; Que, el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, establece que las Direcciones Regionales se constituyen como órganos desconcentrados del CTAR, responsables de ejecutar, orientar, supervisar y evaluar las acciones que en materia sectorial les corresponde asumir de acuerdo a Ley; Que, en concordancia con lo expuesto, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2000-TR de fecha 3 de enero de 2000, se aprobó el Plan Nacional de Trabajo y Promoción Social que tiene como prioridad el control del cumplimiento de la legislación laboral a través de la inspección del trabajo, la difusión perma- nente de la legislación laboral, la promoción permanente de la conciliación laboral y el fortalecimiento de los programas de promoción social; Que, las actividades de las Direcciones Regionales y Subre- gionales de Trabajo y Promoción Social, resultan coincidentes con los objetivos y fines del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, por lo que es necesario establecer mecanismos que coadyu- ven al logro de dichos fines mediante un mecanismo más simple y eficiente de asignación de los recursos a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 073-99, a nivel nacional; Que, el inciso c) del Artículo 14º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, establece que en virtud de las transferencias financieras, se destinan recursos de Pliegos Presupuestarios a otras entidades u organismos sin contrapresta- ción alguna; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 073-99, el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25927 y la Ley Nº 27219; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Facultar al Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción Social a efectuar transferencias financieras a favor de las Direcciones Regionales y Subregionales de Trabajo y Promoción Social, hasta por un monto equivalente al noventa por ciento (90%) de la captación total que generen dichas Direc- ciones Regionales y Subregionales por conceptos de tasas, mul- tas y otros a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 073-99. Artículo 2º.- Por Resolución del Titular del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción Social, se establecerá el monto mensual de recursos que se asignará a cada Dirección Regional y Subregional en la modalidad de transferencia finan- ciera. Artículo 3º.- El Ministro de Trabajo y Promoción Social queda facultado a dictar las disposiciones que resulten necesa- rias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución Suprema. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de Trabajo y Promoción Social 11692Autorizan viaje de asesor del Minis- terio a los EE.UU. para integrar dele- gación que representará al Estado Peruano en audiencia pública con- vocada por la CID H RESOLUCION SUPREMA Nº 124-2000-TR Lima, 9 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 072-2000-JUS/DM, el Ministro de Justicia hace de conocimiento que en el marco del 108º Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Huma- nos, se ha convocado entre otros a Audiencia Pública en el caso CIDH Nº 12.804 - SITRAMUN, la misma que se realizará el día 13 de los corrientes en la ciudad de Washington; Que, en el referido Oficio se requiere que el doctor César Díaz Palao, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, integre la Delegación Oficial que representa- rá al Estado Peruano en la citada Audiencia; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25927, los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 10 al 15 de octubre de 2000, a la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, del doctor César Díaz Palao, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción Social e integre la Delegación Oficial que representará al Estado Peruano en la Audiencia a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, de acuerdo al siguiente deta- lle: Pasajes US$ 1 089.00, Viáticos US$ 1 100.00, Tarifa Corpac US$ 25.00. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cual- quiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de Trabajo y Promoción Social 11693 ONPE Establecen plazo hasta el 20 de octu- bre para presentar iniciativas de revo- catoria del mandato de autoridades municipales RESOLUCION JEFATURAL Nº 300-2000-J/ONPE Lima, 10 de octubre de 2000 VISTO: La Resolución Nº 1269-2000-JNE del Jurado Nacional de Elecciones, JNE, referida a la autorización de admisión a trámi- te de las iniciativas de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la República presentadas por los ciudadanos promotores; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito en la Constitución Política del Perú y en las Leyes Nº 26487 y Nº 26591, corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, ONPE, verificar el cumpli- miento de los requisitos formales exigidos, entre otros, para el ejercicio de los derechos de control de los ciudadanos a que se refiere la Ley Nº 26300, de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, siendo uno de ellos la revocatoria de alcal- des y/o regidores; Que, en la actualidad se encuentran en trámite en la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicitudes de verificación y