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Pág. 193917 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de octubre de 2000 aprobación del requisito de presentación de firmas de adheren- tes de revocatorias del mandato de autoridades municipales, no comprendidas en la consulta popular convocada por Resolucio- nes Nº 1237-2000-JNE y Nº 1263-2000-JNE; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, dentro de su facul- tad de acumular las iniciativas de revocatoria de mandato de autoridades municipales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta, prevista en el Artículo 46º de la Ley Nº 26300, ha emitido la Resolución Nº 1269-2000-JNE; autorizando la admisión a trámite de las solicitudes de revoca- toria del mandato de autoridades municipales que ONPE debe elevar al Jurado Nacional de Elecciones, hasta las 16.00 horas del día martes 24 de octubre próximo, siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos formales de procedencia; Que, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución Nº 1269-2000-JNE, es necesario establecer una fecha límite de admisión de solicitudes de revocatoria, de modo que se pueda concluir el procedimiento de verificación del cumplimien- to de los requisitos formales exigidos, para la procedencia de las iniciativas de revocatoria antes del plazo señalado en el párrafo anterior; y, De conformidad con las Leyes Nº 26859, Orgánica de Eleccio- nes, Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Artículo 182º de la Constitución del Perú; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Comunicar a los ciudadanos promoto- res de iniciativas de revocatorias, que la Oficina Nacional de Procesos Electorales recepcionará las iniciativas de revocatoria del mandato de autoridades municipales hasta las 19.00 horas, del día viernes 20 de octubre próximo, las que se remitirán al JNE, en el plazo señalado en la Resolución Nº 1269-2000-JNE, siempre y cuando cumplan con los requisitos formales estableci- dos por Ley. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 11659 S B S Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCION SBS Nº 638-2000 Lima, 25 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Claudia Ascenzo Vega para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscrip- ción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Ofi- cial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Reso- lución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000. RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la señorita Claudia Ascenzo Vega con el Nº N-3476 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia.Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11622 RESOLUCION SBS Nº 670-2000 Lima, 27 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Juana María Carne- ro Rodríguez para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscrip- ción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Ofi- cial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Reso- lución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la señorita Juana María Carnero Rodríguez con el Nº N-3447 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11512 RESOLUCION SBS Nº 713-2000 Lima, 4 de octubre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Rosana Jacinta Molina Salas para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscrip- ción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Ofi- cial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Reso- lución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000. RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la señorita Rosana Jacinta Molina Salas con el Nº N-3452 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11625