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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (12/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 193905 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de octubre de 2000 RESOLUCION SUPREMA Nº 0550-2000-IN-1606 Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, la solicitud y documentos presentados por doña Hui Hua TAN ZHU, de nacionalidad china, sobre otorgamiento de Nacionalidad Peruana por Naturalización, que obran en el Expediente Nº 12154 de 17.ABR.2000. CONSIDERANDO: Que, se cumplen los requisitos exigidos por el Art. 52º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 26574 - Ley de Naciona- lidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 97-IN de 23.MAY.97; Ley Nº 25035 - Ley de Simplificación Administrativa y Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Orgánica del Ministerio del Interior; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Natu- ralización a doña Hui Hua TAN ZHU e inscribirla en el Registro respectivo. Artículo 2º.- Extender a la interesada el Título de Naciona- lidad correspondiente, previa presentación de la Escritura Pú- blica en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 11689 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 008-2000-IN Mediante Oficio Nº 1998-2000-IN-0604 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 008-2000-IN, publicado en nuestra edición del 6 de octubre de 2000, en la página 193706. DICE: Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior DEBE DECIR: Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente del Consejo de Ministros WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 11636 JUSTICIA Aprueban el Reglamento de la Ley que amplía los alcances del Art. 6º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal DECRETO SUPREMO Nº 008-2000-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC de fecha 9 de abril de 1999, se aprobó el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal; Que, el literal b) del Artículo 6º del precitado Texto Unico Ordenado, establece como recursos de COFOPRI, los Obtenidos por la Adjudicación de lotes a título oneroso; Que, el Reglamento de Formalización de la Propiedad, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, regula en su Artículo 45º y siguientes, las adjudicaciones a título oneroso que efectúe COFOPRI, señalando asimismo en el Artículo 55º que mediante Directivas podrán complementarse las disposiciones referidas a las adjudicaciones de lotes a título oneroso estableci- das en el Reglamento; Que, asimismo mediante Decreto Supremo Nº 019-98-PCM se aprobaron las normas que regulan la transferencia de propie- dad de lotes comerciales ubicados en asentamientos humanos formalizados por COFOPRI, estableciéndose el mecanismo de adjudicación directa y de subasta pública; Que, en virtud a la Ley Nº 27304 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2000-MTC, se reguló el proceso de adjudicación de lotes o edificaciones de propiedad del Estado o de cualquier entidad o fondo estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación, que se encuentran siendo utilizados para el funcionamiento de mercados, facultándose a COFOPRI a ejecutar de manera progresiva su formalización; Que, de conformidad con la Ley Nº 27320 se ampliaron los alcances del literal b) del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, con el objeto que los recursos que se obtengan por la adjudicación de lotes comerciales a título oneroso constituyan ingresos propios de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI y de la Municipalidad Provincial en cuya jurisdicción se encuentren ubicados, en la proporción de sesenta y cuarenta por ciento, respectivamente; Que, el Artículo 5º de la precitada Ley, establece que ésta deberá ser reglamentada mediante Decreto Supremo refrenda- do por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, sin embargo en virtud de la Resolución Suprema Nº 336- 2000-PCM, de fecha 4 de agosto de 2000, ha sido designado como nuevo Presidente de COFOPRI, el Ministro de Justicia, por lo que debe refrendar el presente Decreto Supremo; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Regla- mento de la Ley a la que hace referencia el Quinto considerando de la presente Resolución; De conformidad con lo establecido en el Artículo 118º, de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 27320, Ley que Amplía los Alcances del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, que consta de doce (12) artículos y cuatro Disposiciones Finales y Complementarias. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Artículo Tercero.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Justicia y por el Ministro de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de octubre del año dos mil ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27320 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- De los Términos Legales En adelante y para los efectos de este Reglamento se enten- derá por: Ley: La Ley Nº 27320, que amplía los alcances del literal b) del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción