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Pág. 194391 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de octubre de 2000 conclusión que el servidor Gabriel Enrique Villena Acuña habría cometido la falta disciplinaria grave - Ausencias Injustificadas por más de cinco días no consecutivos, en un período de treinta días calendario; infringiendo el Artículo 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del plazo señalado en su reglamento, ha cumplido con hacer la calificación de la falta administrativa, pronunciándose que procede la instauración de proceso adminis- trativo disciplinario al servidor Gabriel Villena Acuña, para que dentro de un debido proceso y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; Estando al Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y con la visación de la Dirección Municipal, Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Discipli- nario al servidor GABRIEL ENRIQUE VILLENA ACUÑA, de la División de Limpieza Pública, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE al servidor procesado en forma personal y/o a través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la presente resolución, para que dentro del término de cinco (5) días útiles, presente su descargo y las pruebas que considere necesarias para su defensa, ante la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo 3º.- REMITIR los actuados a la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que pro- ceda de acuerdo a sus atribuciones en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 12331 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1400-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 26 de octubre de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTOS; El Informe Nº 010-2000-CPPAD/MDSMP, de fecha 22 de setiembre del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relación a la falta de carácter disciplinario cometida por el servidor AMANCIO SAENZ JAVEL, de la División de Limpieza Pública; CONSIDERANDO: Que, conforme se desprende del Informe Nº 016-2000-EHP/UP/ MDSMP, de fecha 25 de agosto del presente año, emitido por el encargado de control de asistencia del personal y el Informe Nº 1651-2000-UP/MDSMP, de fecha 25 de agosto del 2000, de la Jefatura de la Unidad de Personal, el servidor Amancio Sáenz Javel en el mes de diciembre de 1999, tiene registrado inasistencias injustificadas por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendario (6, 7, 14, 16, 23 y 24 de diciembre de 1999); Que, los hechos descritos fueron analizados por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos, los que llegan a la conclusión que el servidor Amancio Sáenz Javel habría cometido falta disciplinaria grave - Ausencias Injustificadas por más de cinco días no consecutivos, en un período de treinta días calendario; infringiendo el Artículo 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del plazo señalado en su reglamento, ha cumplido con hacer la calificación de la denuncia, pronunciándose que procede la instauración de proceso administrativo disciplina- rio al servidor Amancio Sáenz Javel, para que dentro de un debido proceso y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; Estando al Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y con la visación de la Dirección Municipal, Dirección de Recursos Humanos y la Oficina de Aseso- ría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Discipli- nario al servidor AMANCIO SAENZ JAVEL, de la División de Limpieza Pública, por los motivos expuestos en la parte conside- rativa de la presente resolución.Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE al servidor en forma personal y/ o a través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la presente resolución, para que dentro del término de cinco (5) días útiles, presente su descargo y las pruebas que considere necesa- rias para su defensa, ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo 3º.- REMITIR los actuados a la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que pro- ceda de acuerdo a sus atribuciones en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 12332 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1401-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 26 de octubre de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTOS; el Informe Nº 011-2000-CPPAD/MDSMP de fecha 22 de setiembre del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relación a la falta de carácter disciplinario cometida por el servidor CARLOS ESTUARDO VELASQUEZ GUTIERREZ, de la Agencia Municipal Nº 09; CONSIDERANDO: Que, conforme se desprende del Informe Nº 46-99-WMS/UP/ MDSMP de fecha 15 de diciembre de 1999, emitido por el encargado de Control de Asistencia del Personal, y el Informe Nº 1405-99/UP/ MDSMP, de fecha 30 de diciembre de 1999, emitido por el Jefe de la Unidad de Personal; el servidor Carlos Estuardo Velázquez Gutiérrez registra ausencias injustificadas los días: 4, 5, 16, 21 y 28 de junio; 5, 10, 13, 19 y 24 de julio; 7, 14, 20, 25, 26 y 27 de agosto; 1, 4, 10, 13, 25 y 30 de setiembre y 1, 4, 9, 11 y 16 de octubre de 1999, haciendo un total de 26 ausencias injustificadas; Que, los hechos descritos fueron analizados por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos, los que llegan a la conclusión que el servidor Carlos Estuardo Velázquez Gutiérrez habría cometido falta disciplinaria grave - Ausencias Injustificadas por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendario y ausencias injustificadas por más de quince días no consecutivos en un período de ciento ochenta días calendario, infringiendo el Artículo 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del plazo señalado en su reglamento, ha cumplido con hacer la calificación de la denuncia, pronunciándose que procede la instauración de proceso administrativo disciplina- rio al servidor Carlos Estuardo Velázquez Gutiérrez, para que dentro de un debido proceso y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; Estando al Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y con la visación de la Dirección Municipal, Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disci- plinario al servidor CARLOS ESTUARDO VELAZQUEZ GUTIERREZ de la Agencia Municipal Nº 09, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE al servidor en forma perso- nal y/o a través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la presente resolución, para que dentro del térmi- no de cinco (5) días útiles, presente su descargo y las pruebas que considere necesarias para su defensa, ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo 3º.- REMITIR los actuados a la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que pro- ceda de acuerdo a sus atribuciones en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 12333 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1402-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 26 de octubre de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTOS; el Informe Nº 014-2000-CPPAD/MDSMP de fecha 22 de setiembre del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos