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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (12/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 192853 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de setiembre de 2000 a nivel nacional, Fiscal Coordinadora de las Fiscalías Especiales de Prevención del Delito de Lima, y a los Alcaldes Provinciales integrantes de la Comisión de Coordinación Interinstitucional con el Ministerio Pú- blico de la Zona Centro (Lima), Zona Norte (Trujillo), Zona Sur (Ica) y Zona Oriente (Maynas), para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 10455 Disponen utilización del "Protocolo de Reconocimiento Médico Legal para la Detección de Lesiones o Muer- te Resultante de Tortura" en depen- dencias del Instituto de Medicina Legal del Perú RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 627-2000-MP-CEMP Lima, 11 de setiembre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26926 se modifican diversos artículos del Código Penal e incorpora el Título XIV- A, referido a los Delitos Contra la Humanidad, que en su Capítulo III se refiere al Delito de Tortura y en su Artículo Cuarto, incisos 4.1 y 4.2 norma lo relativo al Examen Médico de la persona agraviada; por lo que la participación del médico legista en el reconocimiento de la persona agraviada en los casos de tortura hace necesario la formulación de criterios para la realiza- ción de dicha evaluación e incluir en los Protocolos de Procedimientos Médicos Legales aprobados median- te Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 523-97-SE-TP-CEMP del 16 de octubre de 1997, el "Protocolo de Reconocimiento Médico Legal para la Detección de Lesiones o Muerte Resultante de Tortu- ra" para su utilización en todas las dependencias del Instituto de Medicina Legal del Perú "Leonidas Aven- daño Ureta"; así como en el sistema fiscal a nivel nacional; Que, por Resolución Nº 715-98-MP-CEMP, la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público aprobó la inclusión en los Protocolos de Procedimientos Médico Legales, de "El Protocolo de Reconocimiento Médico Legal para la Detección de Lesiones o Muerte Resultante de Tortura"; y estando a la Recomendación del Comité contra la Tortura respecto a que todo facultativo que examine a una persona en situación de detección o al ser liberada deberá interrogarla expresamente sobre antedicha cir- cunstancia y a efecto de cautelar, proteger y garantizar los derechos fundamentales reconocidos por la Carta Magna y la Convención Contra la Tortura; la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 7051 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión en los Protocolos de Procedimientos Médico Legales aprobados mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 523-97-SE-TP-CEMP, de fecha 16 de octubre de 1997, el "Protocolo de Reconocimiento Médico Legal para la Detección de Lesiones o Muerte Resultante de Tortura"; con el siguiente tenor: MANIFESTACION DE LA PER- SONA SOMETIDA A RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL. 1.- ¿Diga usted, si ha sido sometida a tortura, dolores o sufrimientos graves, sean físicos o mentales? 2.- Indique la forma y circunstancias en que fue sometida a dichos tratos. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a los señores, Presidente de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, Ministro de Justicia, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presi- dente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Pre- sidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secre- tario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República; Fiscales Superiores encargados de la Gestión de Gobier- no en los Distritos Judiciales de la República, Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público y Gerente Técnico del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 10456 Amplían alcances de circular sobre normas que deben cumplir fiscales para garantizar respeto de derechos fundamentales de personas detenidas en dependencias policiales RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 628-2000-MP-CEMP Lima, 11 de setiembre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con el objeto de garantizar el respeto de los derechos fundamentales de las personas detenidas en dependencias policiales, se hace necesario ampliar los alcances de los dispositivos pertinentes para el adecuado cumplimiento de este propósito; y estando al Acuerdo Nº 7052 adoptado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribucio- nes que le confiere las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar los alcances de la Cir- cular Nº 001-99-MP-CEMP, que forma parte de la Reso- lución Nº 471-99-MP-CEMP; la que quedará redactada en los siguientes términos: