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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (12/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 192857 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 002678, publicada el 8.SET.2000, se aprobó el Ins- tructivo de Trabajo “Informe de Verificación - IDV”, INTA IT.00.06 (Versión 2); disponiendo su entrada en vigencia a partir del 11.SET.2000; Que, las Empresas Verificadoras han formulado con- sultas relacionadas con la puesta en producción para el envío de la información vía teledespacho, razón por la que ADUANAS, en cumplimiento de su rol de facilitador de comercio exterior, requiere evaluar la incidencia de las situaciones planteadas, en el proceso de integración de la información de los operadores de comercio exterior; Que, en tal consideración, resulta necesario estable- cer una nueva fecha para la entrada en vigencia del referido Instructivo de Trabajo; En uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolu- ción de Superintendencia Nº 001223 del 24.NOV.1999 modificada por Resolución de Superintendencia Nº 000320 del 23.FEB.2000 respectivamente y, estando a la delega- ción de facultades contenida en las Resoluciones de Superintendencia de Aduanas N°s. 0001065 y 01322 del 18.OCT.1999 y 16.DIC.1999 respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Unico .- Prorrogar la entrada en vigencia del Instructivo de Trabajo “Informe de Verificación - IDV”, INTA IT.00.06 (Versión 2) hasta el 25 de setiembre 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 10439 CONASEV Aprueban trámite anticipado, disponen registrar prospecto marco e inscriben programa de emisión de bonos de Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 061-2000-EF/94.11 Lima, 8 de setiembre de 2000 El Expediente Nº 2000/00396 presentado por UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNS- TON S.A.A. y el Memorándum Nº 142-2000-EF/94.50 de fecha 7 de setiembre de 2000 de la Gerencia de Emisores y Empresas. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones; Que, mediante Junta General de Accionistas de UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A. de fecha 21 de junio de 2000 se aprobó el primer programa de emisión de bonos corpora- tivos hasta por un monto total emitido en circulación de Doscientos Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200 000 000,00), o su equivalen- te en moneda nacional, delegando en el Directorio facul- tades para decidir todos los términos, las condiciones y las características del Programa, emisiones y series, así como otorgándole la posibilidad de delegar estas faculta- des en las personas que estime conveniente; Que, en mérito a las atribuciones otorgadas, el Direc- torio de UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BAC- KUS Y JOHNSTON S.A.A. en sesión de fecha 21 de junio de 2000 acordó delegar en los señores Elías Bentín Peral y/o Víctor Montori Alfaro y/o Carlos Bentín Remy, paraque uno, cualesquiera de ellos, ejerza las facultades delegadas al Directorio en la Junta General de Accionis- tas a que se refiere el considerando anterior; Que, en ejercicio de las facultades que le han sido concedidas, el señor Elías Bentín Peral y Carlos Bentín Remy han decidido los términos y condiciones generales del programa denominado "Programa de Bonos Corpora- tivos de Backus" y han solicitado a CONASEV la aproba- ción del trámite anticipado de inscripción de valores, el registro del prospecto marco correspondiente a las ofer- tas de valores a realizar en el marco del Programa, así como la inscripción del referido programa en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolu- ción Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien- tes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectos deriva- dos de trámites anticipados, así como disponer la inscrip- ción de programas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del prospecto marco correspondiente e inscribir el programa de emisión de bonos corporativos de UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNS- TON S.A.A. denominado "Programa de Bonos Corporati- vos de Backus", hasta por un monto total emitido en circulación de Doscientos Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200 000 000,00)o su equivalente en moneda nacional, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los bonos y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el Artículo 1º anterior se enten- derán efectuados en la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución. En su defecto, el registro de dichos prospectos se encuentra sujeto a lo dispuesto en el Artículo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia- rios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141- 98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el Artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA- SEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24ºdel Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 4º.- La aprobación y el registro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no impli- can que CONASEV recomiende la inversión en los valo- res u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio.Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesa- dos en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a UNION DE CERVECERIAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A., a Citibank N.A. Sucursal de Lima en su calidad de entidad estructuradora: a Citicorp Perú S.A. SAB en su calidad de agente colocador y en su calidad de repre- sentante de los obligacionistas; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General 10355