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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (17/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 193052 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de setiembre de 2000 del Grupo Regional de Planificación y Ejecución del Caribe y Sudamérica - GREPECAS, se realizará en la ciudad de Sao José Dos Campos, Sao Paulo, República Federal de Brasil, durante los días 18 al 22 de setiembre del año 2000; Que, en la mencionada reunión se revisarán aspectos rela- cionados con el establecimiento de futuras bases de datos AIS como componente de la red ATN, adecuación de la documenta- ción pertinente del sistema AIS, revisión y análisis sobre el estado actual de implantación del sistema automatizado AIS, requerimientos técnicos para la transmisión de información/ datos aeronáuticos e integración de productos AIS/MET para los servicios de información previas al vuelo y difusión de los NOTAMs por el sistema WAFS; Que, el Directorio de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A., en Acuerdo tomado en Sesión Nº 1917, ha designado al señor José Vergara Mera, funcio- nario de la Gerencia Central de Aeronavegación, para que participe en la Octava Reunión del Grupo de Tarea de Automatización del Servicio de Informática Aeronáutica - AIS (AIS/SG - AUTO/8); De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88- PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM, 037-91-PCM y del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 01-2000/FONAFE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Vergara Mera, Especialista en Información Aeronáutica de la Gerencia Central de Aeronavegación de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S. A., a la ciudad de Sao José Dos Campos, Sao Paulo, República Federal de Brasil, durante los días 17 al 22 de setiembre del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al Presupuesto de la Corpora- ción Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A., de acuerdo al siguiente detalle: -Pasajes US$ 672.00 -Viáticos US$ 1,200.00 -Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 10718 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Yurimaguas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1256-2000-MTC/15.18 Lima, 2 de agosto de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00530006, organizado por la Empresa de Transportes GUADALUPE EXPRESS S.A.C., sobre Concesión de Ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 591-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emi- tidos por la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Transportes GUADALUPE EXPRESS S.A.C., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado la concesión de la ruta: LIMA - YURIMAGUAS y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 591-2000-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC, reco- mendándose la procedencia del pedido formulado;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 029- 2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes GUADALU- PE EXPRESS S.A.C., la concesión de ruta: LIMA - YURIMAGUAS y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - YURIMAGUAS y VICEVERSA. ORIGEN :LIMA. DESTINO :YURIMAGUAS. ITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO - JAEN - BAGUA - PEDRO RUIZ - NUEVA CAJAMARCA - RIOJA - SORITOR - MOYOBAMBA - TARAPOTO. ESCALA COMERCIAL :CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO - JAEN - MOYOBAMBA - TARAPOTO. FRECUENCIAS :UNA DIARIA. HORARIOS DE SALIDA :DE LIMA : A LAS 20.00 HORAS. DE YURIMAGUAS : A LAS 20.00 HORAS. FLOTA OPERATIVA :UI-4791 (1986) - UO-5474 (1995) - UM-1151 (1982) - UP-3186 (1994). FLOTA DE RESERVA :UO-1219 (1993) Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen- tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su notificación. Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 10693 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Dejan sin efecto resolución mediante la cual encargaron a fiscal supremo los Despachos de la Fiscalía de la Nación y la Presidencia de la CEMP RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 656-2000-MP-CEMP Lima, 16 de setiembre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por razones de servicio y estando al Acuerdo Nº 7257 adoptado por unanimidad en sesión extraordinaria de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que la doctora Blanca Nélida Colán Maguiño, Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se