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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (02/04/2001)

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Pág. 200805 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de abril de 2001 Artículo 9º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Pesquería. Dado en la Casa de Gobierno, en la ciudad de Lima, a los treintiún días del mes de marzo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 21161Autorizan donación de piezas de arte- sanía a favor del Instituto Nacional de Cultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 200-2001-EF Lima, 28 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ley Nº 25762 se promulgó la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, en la cual se establece que el Instituto Nacional de Cultura - INC es el órgano rector y central del Sistema Nacional de Museos y como tal le compete promover la integración, fomento, apoyo, desarrollo y difusión de las diversas manifestaciones y creaciones culturales, con el propósi-