TEXTO PAGINA: 8
Pág. 200810 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de abril de 2001 Que, tal y como lo prevé el Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, los resultados de una acción de control, emitidos por cualquier órgano del sistema, están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones judiciales, en consecuencia resul- ta procedente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones judiciales a que hubie- re lugar; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales que co- rrespondan, contra los ex trabajadores del Programa de Emergencia e Inversión Social - PEIS del INADE, a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Público para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 21080 Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra pre- suntos responsables de ocupar inde- bidamente terrenos del Estado ubica- dos en el Sector La Yarada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2001-PRES Lima, 27 de marzo del 2001 Visto el Oficio Nº 0218-2001-INADE-1101, del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo, INADE, referente a la adopción de las acciones judiciales pertinentes, contra diversas personas naturales que han invadido áreas de propiedad del Proyecto Espe- cial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 556, Art. 410º y la Ley Nº 25303, Art. 218º se transfirió al dominio del Proyecto Especial Afianzamiento y Am- pliación de los Recursos Hídricos de Tacna, todas las tierras eriazas comprendidas dentro de su ámbito, dominio que figura inscrito en la ficha Nº 17034 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Tacna, con una extensión superficial de 338.080 ha. ubicadas en la provincia y departamento de Tacna; Que, según aparece del Informe Nº 0214-2000- PET.OAJ de fecha 20 de diciembre del 2000, algunos propietarios de parcelas ubicadas en los Asentamientos 4, 5 y 6 del Sector La Yarada, han ocupado indebidamenteterrenos colindantes que son de propiedad del Estado, dentro del área reseñada en el considerando preceden- te; Que, a pesar de haber sido requeridos notarial- mente los mencionados agricultores para que cum- plan con abstenerse de continuar ejercitando actos posesorios o cualquier trabajo de infraestructura, sembríos o similares en terrenos que son de exclusiva propiedad del Proyecto Especial Tacna, según se observa de las copias debidamente recepcionadas de los cargos pertinentes que obran en autos, hasta el día de la fecha éstos no han cumplido con la desocu- pación correspondiente; Que, los agricultores que se han posesionado, sin título, autorización o argumento válido alguno, de los referidos terrenos del Estado ubicados en el Sector La Yarada, distrito, provincia y departamento de Tacna, han sido identificados como: José Orocollo Choquesa, Saturnino Orocollo Choquesa, Roy Orocollo Wiraco- cha, Ricardo Dávila Rivera, Roberto Mamani Mama- ni, Juan Dávalos López, José Vilca Pérez, Eusebio Mamani Dávalos, Cleobaldo Rodríguez Conde, Bláci- da Rodríguez de Paco, Mariano Ayala Sallucta, Mel- chor Gutiérrez Mamani, Vicente Maquera Luque, Teodoro Valverde Abarca, Germán Joaquín Oviedo, Juan Rolando Duarte, Juan Chura Quispe, Carlos Gonzáles Garzón, Leonidas Gutiérrez Calizaya, Nés- tor Villanueva Romero, Guillermo Girón Salleres, Hugo Coahila Duque, Jacobo Vargas Cueva, Dámaso Sabino Rivera Castro, Wilbert Yapurasi Hinojosa, Agripinio Yapurasi Calisaya, Agripina Rivera Tapia, Eleuterio Mita Choque, Hugo Condori Tapia, Santos Pedro Castro García y Claudio Alberto Linarez Zánz, sin perjuicio de extenderse las acciones judiciales pertinentes a las demás personas que resulten responsables o se constituyan como nuevos presuntos invasores; Que, del análisis de los actuados, se observa ade- más que las acciones civiles y/o penales para los efectos de resarcir al Estado del agravio y/o perjuicios económicos detectados, no han prescrito, siendo por tanto necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que inicie e impulse en nombre y representación del Estado, las acciones judiciales a que hubiere lugar; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decre- to Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado, interponga e impulse las acciones legales co- rrespondientes contra las personas que se consignan en el cuarto considerando de esta Resolución, así como contra los demás que resulten responsables, por los hechos supuestamente cometidos en agravio del Esta- do, Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, INADE, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fines a que se contrae la presente Re solución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 21081