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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (03/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 200844 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de abril de 2001 Ratifican remuneración de alcalde y fijan monto de dieta de regidores por asistencia a sesiones de conce- jo para el ejercicio presupuestal del año 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-2001/CDLO Los Olivos, 30 de marzo del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, establece que los Alcaldes reciben una remuneración mensual y los Regidores perciben dietas por Sesión; Que, la Ley Nº 26317, del 27 de mayo de 1994, amplió el tratamiento de la remuneración del Alcalde y dietas de Regidores, estableciendo en su Artículo 2º que la percepción de la dieta está condicionada a la asistencia efectiva del regidor a la correspondiente Sesión de Concejo, abonándose proporcionalmente hasta un máximo de cuatro (4) sesiones al mes; y en el Artículo 3º que el Acuerdo para fijar el monto de la dieta se adopta una vez al año hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Que, si bien la percepción de la dieta está sujeta a la asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, la labor de los Regidores no se limita a las mismas, sino com- prende el trabajo que realizan en las Comisiones Per- manentes, Especiales y Mixtas que nombra el Concejo, en las que cumplen funciones normativas y fiscalizado- ras; Que, el Pleno del Concejo se propone fijar las Dietas por concepto de asistencia a Sesiones de Concejo, en función al valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) determinada por el Ministerio de Economía y Finanzas para el Ejercicio 2001, mediante Decreto Supremo Nº 145-2000-EF publicado el 27.12.2000; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribucio- nes conferidas por los Artículos 21º, 36º, 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, POR MAYORIA; ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR, para el Ejercicio Presupuestal año 2001, el nivel remunerativo que venía percibiendo el Sr. Alcalde durante el pasado ejercicio de 2000. Artículo Segundo.- FIJAR, para el Ejercicio Presu- puestal año 2001 en 0.75 Unidad Impositiva Tributa- ria (UIT) por Sesión, el monto de la Dieta que corres- ponde percibir a los señores Regidores de la Municipa- lidad Distrital de Los Olivos, por asistencia efectiva a Sesiones de Concejo, con un máximo de dos (2) Sesiones abonables por mes. Artículo Tercero.- La Dirección Municipal en su oportunidad efectuará las modificaciones presupuesta- rias que corresponde, a efecto de dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 21188MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ratifican acuerdo que establece mon- to de dieta de regidores por asistencia a sesiones de concejo para el ejercicio fiscal 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2001-AC-MDMM Magdalena del Mar, 30 de marzo del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha, y de conformidad por lo expuesto por el Artículo 21º de la Ley Nº 23853 adoptó por MAYORIA, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Unico.- RATIFICAR el Acuerdo de Conce- jo Nº 058-99-AC-MDMM del 31 de diciembre de 1999, en el sentido que establece el monto de las Dietas de los Regidores en una (1) UIT vigente durante el Ejercicio Fiscal del año 2001, por cada Sesión de Concejo que el Regidor asista, siendo como máximo dos (2) Sesiones rentadas; pudiendo efectuarse un número mayor de sesiones en función de las necesidades de la gestión. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 21191 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Fijan montos de remuneración y dieta de alcalde y regidores para el año 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 000012 Puente Piedra, 30 de marzo de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, la Moción presentada en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo del 2001. CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece la necesidad de aprobar anualmente las Dietas de los Regidores y el sueldo del señor Alcalde; Que, por Acuerdo de la Sesión Ordinaria de la fecha se aprobó, previa deliberación y con voto mayoritario