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Pág. 208071 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de agosto de 2001 a la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Pro- moción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMU- DEH, en proceso de Reestructuración Funcional y Adminis- trativa por 120 días; Que, con Resolución Ministerial Nº 056-2001/PROMU- DEH, publicada el 25 de enero del 2001, se encargó a la Presidenta Ejecutiva de COOPOP, la conducción del proce- so de Reestructuración de la Oficina Nacional de Coopera- ción Popular, otorgándole las facultades previstas en el Artículo 2º del citado Decreto Supremo Nº 011-2000-PRO- MUDEH; Que, habiéndose aprobado el Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Institución, mediante Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH publicado el 24 de abril del 2001 y el respectivo Manual de Organización y Funciones con Resolución Ministerial Nº 175-2001-PRO- MUDEH, publicada el 4 de mayo del 2001, resulta nece- saria la aprobación del Manual de Procedimientos de la Entidad, en concordancia con los documentos antes cita- dos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 011-2000-PROMUDEH; Resolución Ministerial Nº 056-2001/ PROMUDEH, Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH, Resolución Ministerial Nº 175-2001-PROMUDEH, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, y su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modi- ficatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Procedimientos de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, el mismo que comprende los Manuales de Procedimientos de la Presidencia Ejecutiva, Gerencia General, Gerencia de Auditoría Interna, Gerencia de Desarrollo y Equidad, Gerencia de Comunicación y Concertación, Gerencia de Planeamiento, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Administración, los mismos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar el Manual de Procedimientos de las Unidades Operativas de la Oficina Nacional de Coopera- ción Popular - COOPOP, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 28431SALUD Aprueban Manual de Procedimientos de Admisión Integral en Establecimientos del Primer Nivel de Atención RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 423-2001-SA/DM Lima, 24 de julio del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 2620-06-2001, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que en el marco del proceso de modernización de los servicios públicos de salud, es necesario disponer de normas para la organización de los establecimientos del primer nivel de atención, que introduzcan modalidades flexibles de organización que promuevan la gestión local y una atención integral de calidad; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 584 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; Estando a lo informado por la Oficina General de Plani- ficación; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el documento denominado " Manual de Procedimientos de Admisión Integral en Estableci- mientos del Primer Nivel de Atención", que forma parte de la presente resolución, correspondiendo su aplicación a los referidos establecimientos pertenecientes al Ministerio de Salud en el ámbito nacional. 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios de Salud, la difusión y supervisión del cumplimiento del docu- mento normativo aprobado en el numeral anterior. 3º.- Las Direcciones Regionales y Subregionales de Sa- lud del país son responsables de la implementación y cum- plimiento de los documentos aprobados en el primer nume- ral, en sus respectivos ámbitos. 4º.- Toda orientación o directiva sobre elaboración de manuales de procedimientos de admisión de estableci- mientos que operen bajo la modalidad de Comunidad Local de Administración de Salud, deberá sujetarse a los citados lineamientos en lo que corresponda. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 28408 AVISO OSINERG COMO PARTE DE SU POLÍTICA DE TRANSPARENCIA, HACE DE CONOCIMIEN- TO DEL PÚBLICO USUARIO Y COLECTIVIDAD EN GENERAL, A TRAVÉS DE SU PORTAL INSTITUCIONAL: (WWW.OSINERG.ORG.PE ) LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA: “ BASE METODOLÓGICA PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS ELÉCTRICOS” VERSIÓN ADECUADA AL D.S. N° 040-2001-EM. Agradeceremos enviar sus opiniones y sugerencias hasta el día 11 de agosto de 2001 a cualquiera de las siguientes direcciones: ·Correo electrónico: calidad@osinerg.org.pe ·Por mesa de partes del OSINERG, sito en Av. Bernardo Monteagudo 222, Magdalena del Mar, en horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., de Lunes a Viernes. ·Al Fax: 264-0450 anexo 350 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica. El ORGANISMO28429