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Pág. 209152 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de agosto de 2001 VISTO: En la Sesión del Comité Directivo Nº 599/3.6 de fecha 24.7.2001, el pedido de exoneración del proceso de selec- ción correspondiente para la prórroga del plazo del contrato de arrendamiento de las oficinas que ocupa INVERMET, ubicadas en el Jr. Natalio Sánchez Nº 220, distrito de Jesús María; CONSIDERANDO: Que, con fecha 6.2.2001, se suscribió el Contrato de Arrendamiento Nº 016-2001-SER, para el funcionamien- to del local institucional de INVERMET y desarrollo de sus actividades, por un plazo de seis (6) meses, computa- do a partir del 1.2.2001 y cuya vigencia culmina el 31.7.2001; Que, en razón de la situación antes descrita el Area de Abastecimiento de la Gerencia de Administración, Inversiones y Finanzas, ha solicitado la prórroga del referido contrato de arrendamiento por el plazo de 6 meses con la misma merced conductiva; contándose con la disponibilidad presupuestal para atender dicho gasto, según lo informado por el Area de Presupuesto de la misma Gerencia; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su Artículo 19º, literal g), exonera de los procesos de Concurso Público o Adjudica- ción Directa, según sea el caso, la prórroga del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incre- mente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del precitado Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las con- trataciones que se celebren como consecuencia de las exoneraciones a que se refiere el Artículo 19º del mismo cuerpo legal, se realizarán mediante proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía; Que, el Informe Técnico Nº 106-2001-GAIF de fecha 23.7.2001 y el Informe Legal Nº 243-2001-GL de fecha 24.7.2001, emitidos por la Gerencia de Administración, Inversiones y Finanzas y por la Gerencia Legal, respecti- vamente, exponen la justificación técnica y legal de la necesidad de la exoneración de la prórroga del plazo del contrato de arrendamiento a que se refiere el primer considerando; Estando a lo opinado por la Gerencia de Administra- ción, Inversiones y Finanzas y la Gerencia Legal, de conformidad con los Artículos 19º, literal g) y 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Artículos 105º, 113º y 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y con la facultad conferida en el Acuerdo Nº 279/3.3. del Comité Directivo de INVERMET del 19.6.87; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección de Adjudicación Directa, la prórroga de plazo del contrato de arrendamiento referido en la parte considerativa de la presente resolución; llevándose a cabo para tal efecto, un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- Dispóngase la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión de copia de la misma y de los informes que la sustenta a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de aprobación, de conformidad con el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Artículo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ORLANDO CAMINADA DULANTO Secretario General Permanente INVERMET 29697MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 092-MDMM Magdalena del Mar, 17 de agosto del 2001 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria de la fecha con dispensa del trámite de aprobación de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 089-MDMM, del 26 de junio del 2001, se aprobó el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 20º al 34º de la Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada, aprobada por Decreto Legislati- vo Nº 757 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 094- 92-PCM; Que, para efectos de la Ratificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha efectuado observaciones de 11 procedimientos contenidos en el TUPA de esta Muni- cipalidad Distrital, que fuera publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de junio del 2001, lo cual es comunicado mediante Oficio Nº 204-2001-MML/OGP, de fecha 2 de agosto del 2001; Que, habiéndose absuelto tales observaciones por las Áreas pertinentes es necesario aprobar dichas modifica- ciones; Que, estando a lo dispuesto en los Artículos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, el Decreto Legislativo Nº 757 y el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el Concejo Aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2001 Artículo Primero.- Modificar los Procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2001 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; que se detallan en el Anexo Nº 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Deróguese los Procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2001 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; que se detallan en el Anexo Nº 2, que también forma parte de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde