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Pág. 209323 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de agosto de 2001 la que se declara en situación de urgencia la adquisición de repuestos para los vehículos de servicios públicos, así como para las demás unidades de la Municipalidad, en una primera etapa, por el lapso de 60 días útiles; Que, el mencionado Oficio señala que la declaración de situación de urgencia prevista en el Inc. c) del Art. 19º de la Ley Nº 26850, debe entenderse como consecuencia de un hecho de excepción que determina una acción rápida de contratación, independientemente de que debe circunscri- birse a determinados plazos y cantidades; condiciones que no se han cumplido al expedir la Resolución de Alcaldía Nº 894, dado que la necesidad de los bienes que se pretenden adquirir son previsibles, por tanto sujetos a un proceso de planificación y programación; denotando la existencia de una débil programación en la adquisición de dichos bie- nes, por cuanto la situación por la que atraviesa la flota vehicular es resultado, entre otros, de la ausencia de mantenimiento preventivo, que hubiera permitido identi- ficar y programar oportunamente a través del Plan Anual de Adquisiciones la compra de los repuestos necesarios, máxime si se contaba con disponibilidad presupuestal; concluye, que se ha generado una situación de urgencia no prevista en la Ley Nº 26850 y su procedencia exige el inicio del proceso administrativo disciplinario correspondiente, a los funcionarios que la propiciaron, recomendando se adopten los mecanismos de Control Interno necesarios que permitan evitar en lo sucesivo situaciones similares; Que, la expedición de la Resolución de Alcaldía Nº 1427 de fecha 5.10.00, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14.OCT.00, que dispone dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 894, en mérito al Oficio Nº 087-2000-CGR/SC, cursado por la Contraloría General a esta Municipalidad, no desvirtúa los alcances de la mencionada observación; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios, luego de la evaluación y análisis corres- pondiente, ha determinado la existencia de indicios razo- nables y suficientes elementos de juicio que hacen necesa- rio que a través del respectivo proceso administrativo disciplinario se pueda realizar una exhaustiva investiga- ción de los hechos imputados contra los ex funcionarios que dieron su visto bueno a la expedición de la Resolución de Alcaldía Nº 894 del 6.JUN.00; Que, la citada Comisión acordó la instauración de proceso administrativo disciplinario contra los ex funcio- narios señores JOSÉ MANUEL SALAZAR CASTAÑEDA, ex Director de Asesoría Jurídica; ERASMO GARDINI GARCÍA, ex Director de Planeamiento; SEGUNDO ED- QUEN SALDAÑA, ex Director Municipal; MIGUEL GON- ZALES HUAPAYA, ex Director de Administración y FRANKLIN VELARDE SAENZ, ex Director de Servicios a la Ciudad, por la presunta comisión de falta disciplinaria prevista en el Art. 28º Inc. d) del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con los Incs. b) y d) del Art. 21º del acotado y Art. 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Estando a las consideraciones expuestas y a las facul- tades conferidas por el Artículo 47º inciso 6) Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y Artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR proceso adminis- trativo disciplinario a los ex funcionarios señores JOSÉ MANUEL SALAZAR CASTAÑEDA, ex Director de Aseso- ría Jurídica; ERASMO GARDINI GARCÍA, ex Director de Planeamiento; SEGUNDO EDQUEN SALDAÑA, ex Di- rector Municipal; MIGUEL GONZALES HUAPAYA, ex Director de Administración y FRANKLIN VELARDE SAENZ, ex Director de Servicios a la Ciudad; por los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- Otorgar un plazo de cinco (5) días hábiles luego de notificados los ex funcionarios compren- didos en la presente Resolución, a fin de que cumplan con presentar sus descargos con arreglo a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del término de setenti- dós (72) horas, previsto en el Artículo 167º del D.S. Nº 005- 90-PCM. Artículo Cuarto.- Encargar a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el fiel cumpli- miento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CLAUDIO ZÚÑIGA ESPINOZA Alcalde (e) 29989MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYMARAES Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 008-2001-MPA-CH Chalhuanca, 19 de junio del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYMARAES POR CUANTO: El Concejo Provincial de Aymaraes, ubicado en el depar- tamento de Apurímac, en Sesión Extraordinaria de fecha 19 de junio del presente, aprobó por unanimidad los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Aymaraes; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada se ha estable- cido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública, la aprobación y publicación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, corresponde a la Municipalidad Provincial de Aymaraes, aprobar el Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos con arreglo al Artículo 22º de la citada Ley; Que, según Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se han establecido las disposiciones reglamentarias sobre seguri- dad jurídica en materia administrativa contenidas en la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada; Que, los Gobiernos Locales son parte de la Administra- ción Pública por lo que es necesario que se apruebe median- te Ordenanza Municipal, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, TUPA, según los establecen los Artículos 18º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757, el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM y el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, Artículo 36º inciso 3) de la ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853, Artículo 22º Decreto Legislativo Nº 757, D.S. Nº 094-92-PCM, sobre Reglamento de las Disposiciones de la Seguridad Jurí- dica en Materia Administrativa, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYMARAES (TUPA) Artículo Primero.- Aprobar el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, TUPA, de la Municipalidad Provincial de Aymaraes, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, efectúe modificaciones, agregados o supresiones que sean de necesidad para la administración. Artículo Tercero.- Los procedimientos administrati- vos que se sigan ante las dependencias de la Municipali- dad Provincial de Aymaraes, se regirán por lo prescrito en el Título IV del Decreto Legislativo Nº 757, su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 094-92-PCM y el Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos D.S. Nº 002.94.JUS. Artículo Cuarto .- Encargar a la Dirección Municipal velar por cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto .- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla ROLANDO TAIPE HUAMANI Alcalde