Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2001 (29/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES
- Jefe de la Policia Municipal - Un Policia Municipal

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DE LA DEMOLICION DE OBRAS E INSTALACIONES QUE OCUPEN LA VIA PUBLICA O INCUMPLAN LAS NORMAS REGLAMENTARIAS Articulo 28º.- La demolicion es una sancion no pecuniaria ejecutable en la Via Coactiva que consiste en la destruccion parcial o total de una obra y que se aplica en los casos que senala el presente Reglamento. Articulo 29º.- La demolicion de obras se aplica en los siguientes casos: - En las obras que se ejecutan en la via publica, sin autorizacion municipal alguna. - En los casos de construcciones que violen el Reglamento Nacional de Construccion, el Reglamento Provincial respectivo, o cualquier MORDAZA que disponga como sancion la demolicion de dichas construcciones. Articulo 30º.- La sancion de demolicion se aplica mediante la notificacion de la respectiva Resolucion de Alcaldia, la misma que debera contener necesariamente un informe de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, un informe de la Oficina de Asesoria Juridica. DEL COMISO Articulo 31º.- El comiso es una sancion no pecuniaria no ejecutable coactivamente que consiste en la incautacion de bienes muebles que se encuentran en posesion del infractor en los casos que senala el presente Reglamento. Articulo 32º.- La Municipalidad procedera a aplicar el comiso de los bienes en los siguientes casos: - Productos que constituyan peligro contra la MORDAZA o la salud. - Articulos de consumo humano adulterados, falsificados o en estado de descomposicion. - Articulos de circulacion o consumo prohibido por la Ley. Articulo 33º.- El comiso se llevara a cabo previa acta de lo sucedido en el momento de la incautacion. El acta sera firmada por las siguientes personas:

Articulo 34º.- Una vez llevada a cabo el comiso se debera emitir Resolucion de alcaldia que disponga dicha sancion y ordene la denuncia penal correspondiente. Articulo 35º.- Los operativos para llevar a cabo los comisos en los casos que senala el Articulo 32º del presente Reglamento, se podran realizar en coordinacion con cualquier entidad que forma parte del Sector Publico Nacional. CAPITULO IV DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS Articulo 36º.- Los recursos impugnatorios contra los actos administrativos que establezcan sanciones, se regiran por el procedimiento establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado mediante D.S. Nº 02-94JUS. Articulo 37º.- El recurso de reconsideracion sera resuelto por el Director Municipal mediante Resolucion Directoral en mismo que sera admitido a tramite si cumple los requisitos dispuestos por el D.S. Nº 02-94-JUS. Articulo 38º.- El recurso de apelacion sera resuelto por el MORDAZA mediante Resolucion de Alcaldia, conforme lo dispuesto por el D.S. Nº 02-94-JUS. Contra la Resolucion de Alcaldia procede interponer Recurso de Revision ante el Superior Nacional que es la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, donde se agota la Via Administrativa. Articulo 39º.- Los procedimientos de cobranza coactiva se iniciaran contra las sanciones que cumplan con los requisitos senalados en la Ley Nº 26979, Ley que aprueba el Procedimiento de Ejecucion Coactiva. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto dicte las medidas complementarias para la correcta aplicacion del presente Reglamento. Segunda.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga al contenido de la presente Ordenanza.

CUADRO - ESCALA DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS ANUNCIOS
CODIGO 1001

1000
DESCRIPCION PEGAR CARTELES Y/O PINTAR MORDAZA CON PROPAGANDA COMERCIAL, AFICHES O COLOCAR BANDEROLAS SIN AUTORIZACION MUNICIPAL EN INMUEBLES EN GENERAL O EN VIA PUBLICA. INSTALACION DE ANUNCIOS, PANELES Y/O AVISOS SIMPLES DE PUBLICIDAD SIN AUTORIZACION MUNICIPAL HASTA 10 M2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . MAS DE 10 M2. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . INSTALACION DE ANUNCIOS, PANELES Y/O AVISOS LUMINOSOS SIN AUTORIZACION MUNICIPAL INSTALAR ANUNCIOS Y/O PUBLICIDAD CON LEYENDA O CONTENIDO DISTINTO A LA AUTORIZADA POR OCUPAR AREAS VERDES DE USO PUBLICO PARA INSTALAR AVISOS PUBLICITARIOS SIN AUTORIZACION MUNICIPAL POR COLOCAR BANDEROLAS ADOSADAS A LA FACHADA SIN AUTORIZACION MUNICIPAL NO RENOVAR LA AUTORIZACION DE ANUNCIOS OBSTACULIZAR LA VISIBILIDAD PEATONAL Y VEHICULAR CON CARTELES Y/O ANUNCIOS EN EN GENERAL % 20 BASE UIT OTRAS ACCIONES OBSERV. RETIRO DEL ANUNCIO O PROPAGANDA RETIRO DEL ANUNCIO 10 20 30 50 50 10 5 10 UIT UIT UIT UIT UIT UIT UIT UIT

1002

1003 1004 1005 1006 1007 1008

REGULARIZACION O RETIRO INMEDIATO REGULARIZACION O RETIRO INMEDIATO RETIRO Y COMISO DE LA PUBLICIDAD REGULARIZACION O RETIRO REGULARIZACION O RETIRO RETIRO INMEDIATO

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007

2000
20 20 50 10 100 100 30 UIT UIT UIT UIT UIT UIT UIT CLAUSURA DE LOCAL O REGULARIZACION REGULARIZACION O CANCELACION DE LICENCIA Y CLAUSURA CLAUSURA DEFINITIVA REGULARIZACION DENUNCIA CORRESPONDIENTE CLAUSURA Y DENUNCIA REGULARIZACION

POR CARECER DEL CERTIFICADO DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO POR CAMBIAR O AMPLIAR EL GIRO SIN AUTORIZACION MUNICIPAL POR UTILIZAR CERTIFICADO DE AUTORIZACION MUNICIPAL OTORGADO A PERSONA DIFERENTE POR NO EXHIBIR EN LUGAR VISIBLE EL CERTIFICADIO DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO POR COMETER DESACATO A LA ORDEN DE CLAUSURA POR ALTERAR EL TEXTO DEL CERTIFICADO DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO POR CARECER DE LICENCIA ESPECIAL (INSCRIPCION Y/O RENOVACION)

ESPECTACULOS Y EVENTOS AFINES 3000
3001 3002 3003 POR REALIZAR ESPECTACULOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS SIN AUTORIZACION MUNICIPAL POR FUNCIONAR FUERA DEL HORARIO ESTABLECIDO Y AUTORIZADO POR LA MUNICIPALIDAD (EXCEDIENDOSE) POR INCURRIR EN ACTOS RENIDOS CONTRA LA MORAL LA TRANQUILIDAD CIUDADANA 25 10 20 UIT UIT UIT CIERRE DEL LOCAL NINGUNA NINGUNA

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