Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2001 (29/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban el MORDAZA Reglamento de Sanciones Administrativas y el Cuadro Escala de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 117-MDEA El MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. VISTO.- En Sesion Ordinaria del 14 de MORDAZA del 2001 el Reglamento de Sanciones Administrativas; CONSIDERANDO: Que las Municipalidades Distritales son Organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru; Que, es necesario aprobar un MORDAZA Reglamento de Sanciones Administrativas que establezca las infracciones y sanciones de caracter administrativo a ser aplicadas en el distrito de El MORDAZA, que permita tener un efectivo control de las Normas Municipales; Que, en el ejercicio de las facultades conferidas al Concejo Municipal por la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los senores Miembros del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Aprobar el MORDAZA Reglamento de Sanciones Administrativas (RAS) de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, ano 2001 que consta de Cuatro (4) Capitulos, Trentinueve (39) Articulos y Dos (2) Disposiciones Transitorias y Finales, asi como el respectivo Cuadro Escala de Infracciones y Sanciones Administrativas, que contiene 126 Item. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Dejese sin efecto cualquier disposicion anterior que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Encargar a las Direcciones de Rentas, de Asesoria Juridica, de Desarrollo MORDAZA, asi como a la Division de Policia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA EXPOSICION DE MOTIVOS DE REGLAMENTO Y PROCEDIMIENTO DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS La Constitucion Politica del Peru otorga a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Ley Organica de Municipalidades otorga competencia a las Municipalidades Provinciales y Distritales respecto de ciertas materias, en las cuales se determinan las funciones especificas de la mismas. Dentro de este contexto el Concejo Municipal es el organo encargado de regular, mediante Ordenanzas, el cumplimiento de sus funciones generales o especificas de las Municipalidades, conforme a lo dispuesto por el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades. Las Municipalidades requieren regular las diversas funciones que la Ley Organica de Municipalidades les asigna. Dicha reglamentacion debe llevarse a cabo de manera necesaria por cuanto son funciones otorgadas legalmente solo a los gobiernos Locales.

El Articulo 115º de la Ley Organica de Municipalidades dispone que las Ordenanzas Municipales pueden establecer las sanciones de multa, decomiso y clausura por infraccion de sus disposiciones. Es importante distinguir entre "infraccion" y "sancion" para elaborar un buen reglamento y procedimiento de sanciones. Son infracciones aquellos actos y omisiones que constituyen incumplimiento a las obligaciones de caracter municipal cuyas prestaciones son de "hacer" o "no hacer". En el ambito municipal no procede aplicar sanciones tratandose del incumplimiento de obligaciones con prestacion de "dar". Las sanciones son las consecuencias que se aplican ante el incumplimiento de las prestaciones de hacer o no hacer. Por ejemplo la Ley Organica de Municipalidades establece cuatro tipos de sanciones: Las Multas Comiso La Demolicion La Clausura

El presente Reglamento establece los procedimientos para que se apliquen la diversas clases de sanciones, conforme lo prescribe la Ley Organica de Municipalidades. Asimismo establece mecanismos que estimulan el pago de las multas administrativas dentro de un plazo de (30 dias), otorgandoles al infractor el derecho de cancelar un monto menor - al originalmente notificado si no interpone recurso impugnatorio alguno. En cuanto al Cuadro de Infracciones se han considerado como tales aquellos actos u omisiones de caracter objetivo y que tengan relacion con alguna funcion municipal. El sistema pretende que la Municipalidad tenga un control sobre asuntos de competencia municipal, sin que dicho control impida a aquellas personas que ejercen libremente su actividad economica. Debe existir un equilibrio en el control, de manera tal que los administrados conozcan sus obligaciones municipales y puedan cumplirlas, no permitiendo un abuso de autoridad por parte de los servidores o funcionarios municipales. El sistema tiene que ser coherente con el estimulo, que viene auspiciando la Municipalidad de El MORDAZA a la inversion privada. El Reglamento de Sanciones Administrativas establece los siguientes aspectos: - Las infracciones de caracter municipal - Organo encargado de establecer las infracciones - Las sanciones de caracter municipal - Organo encargado de establecer las sanciones - Procedimiento para notificar las sanciones (acto administrativo) - Los recursos de impugnacion. Las infracciones y sanciones de caracter tributario se regula conforme a lo dispuesto por el Codigo Tributario, no siendo aplicable el presente Reglamento. Dentro del contexto MORDAZA mencionado se ha establecido un beneficio de reduccion en el monto a pagar respecto de las papeletas de infraccion anteriormente notificados, lo cual va a permitir descargar una gran cantidad de expedientes administrativos. REGLAMENTO Y PROCEDIMIENTO DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El Regimen de Aplicacion de Sanciones, regula el procedimiento para la aplicacion de sanciones administrativas asi como para interponer los Recursos Impugnatorios. Articulo 2º.- Las infracciones y sanciones de naturaleza tributaria, se rigen por las disposiciones contenidas en el Codigo Tributario. Articulo 3º.- La imposicion de infracciones administrativas es competencia de la Policia Municipal, la que puede actuar de Oficio, a solicitud de cualquier vecino o instancia de las Autoridades Municipales. Articulo 4º.- Las sanciones administrativas reguladas en el presente Reglamento son las siguientes: Multas Comiso Clausura Demolicion

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